Fuente: BOE número 226 de 19/09/2025
El Consejo Asesor de Vivienda tiene por finalidad asegurar la participación de los
distintos agentes sociales en la elaboración y en el desarrollo de la política de vivienda,
como órgano colegiado, de carácter técnico, asesor y consultivo en materia de
programación estatal de la política de vivienda.
Funciones:
- Conformar un espacio de reflexión y diálogo de carácter técnico con los diferentes actores y sectores involucrados para abordar los desafíos sociales relacionados con la vivienda.
- Asesorar sobre los planes y programas de ámbito estatal que la presidencia del Consejo Asesor de Vivienda le proponga en razón a la importancia de su incidencia sobre la vivienda.
- Asesorar en la implementación de medidas de simplificación y racionalización, a través de herramientas que consigan armonizar y flexibilizar las normas en materia de vivienda.
- Proponer medidas o instrumentos para asegurar la existencia de un parque adecuado y suficiente de vivienda en alquiler, compra o en régimen de cesión en uso, tanto público como privado, destinado al ejercicio efectivo del derecho a la vivienda.
- Orientar la colaboración público-privada, a través de instrumentos para acelerar y ampliar la provisión de viviendas para hacer frente a las necesidades existentes.
- Proponer medidas para avanzar en los grandes retos sociales, económicos y medioambientales de la vivienda en el marco de los tratados y normas nacionales e internacionales.
- Cualquier otra función de asesoramiento de carácter técnico, jurídico, económico o de otra materia que resulte necesaria para avanzar en la garantía del ejercicio efectivo del derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Composición:
El Consejo Asesor de Vivienda estará presidido por la persona titular del
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y lo integrarán los siguientes miembros:
- Ocho representantes de las entidades del tercer sector y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal más representativas cuyo objeto esté relacionado con el derecho a la vivienda o con la promoción y gestión pública de vivienda.
- Un representante de cada una de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito estatal.
- Dos representantes de las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito estatal.
- Dos representantes de las asociaciones más representativas de la propiedad urbana en el ámbito estatal.
- Un representante de las asociaciones más representativas de las entidades financieras en el ámbito estatal.
- Cinco representantes de las organizaciones profesionales más representativas en el ámbito estatal relacionadas con el ámbito de la vivienda.
- Seis representantes, profesionales expertos de reconocido prestigio en el ámbito de la vivienda, así como del ámbito universitario y de la investigación.

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