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lunes, 5 de octubre de 2020

Orden de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2020 dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social y a asociaciones de empresas de inserción para labores de divulgación y comunicación


Fuente: Extracto de la Orden en el BORM nº 230 de 03/10/2020

 

Objeto:

  • Fomentar la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de las ayudas a la contratación en empresas de inserción, así como el fomento de la divulgación de la actividad de las empresas de inserción.

Programas  de ayudas:

  • Programa 1: Subvención a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo.
  • Programa 2: Subvención a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de producción y acompañamiento.
  • Programa 3: Subvención al fomento de acciones de comunicación y divulgación realizadas por asociaciones de empresas de inserción que representen al menos un tercio de las empresas de inserción inscritas de forma definitiva en el Registro de Empresas de Inserción de la Región de Murcia.

 

Empresas beneficiarias:

  • Programa 1 y 2: Empresas de inserción que cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la Regulación del Régimen de Empresa de Inserción, que se encuentren inscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y cumplan los requisitos establecidos .
  • Programa 3: Asociaciones de empresas de inserción que representen al menos a un tercio de las empresas de inserción inscritas definitivamente a la fecha de la solicitud en el Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Bases reguladoras:

  • Orden de 30 de julio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social, y a asociaciones de empresas de inserción para labores de divulgación y comunicación (BORM n.º 177, de 1 agosto de 2020).

Otros datos:

  • La concesión de las subvenciones de los programas 1.º y 2.º se realizará teniendo en cuenta el orden de entrada de las solicitudes, o en su caso, la fecha de su perfeccionamiento, previa comprobación de la concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos para su otorgamiento, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas, hasta el límite del crédito presupuestario.
  • Para la concesión de subvenciones incluidas en el programa 3 se llevará a cabo previa valoración de la idoneidad de los proyectos presentados.

Más información:

Descargar Orden de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1 MB)

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