Fuente: BORM nº 117 de 22/05/2020
Centro de Emergencia para mujeres víctimas de violencia de género de la CARM
Recurso de atención urgente e inmediata que garantiza las prestaciones de acogimiento y de asistencia integral a que se refiere la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia, conforme a lo siguiente:
- Dando acogida y protección las 24 horas del día a las mujeres víctimas de maltrato, y en su caso, a los/as menores que se encuentren bajo su patria potestad, guarda o tutela u otras personas dependientes de la mujer, y cuya situación de riesgo derivada de hechos calificables como violencia de género, requiera un alojamiento urgente y confidencial.
- Proporcionando una intervención integral a la mujer y a sus hijos e hijas durante su estancia en el centro, desde una perspectiva social, psicológica, jurídica y educativa.
- Coordinando todos los esfuerzos profesionales con el personal de los servicios especializados en violencia de género, a fin de que la permanencia en el centro sea la estrictamente necesaria para la búsqueda y gestión de los recursos más apropiados que faciliten la normalización de la vida de la mujer víctima de este tipo de violencia. Las plazas serán ocupadas por mujeres víctimas de violencia derivadas por el Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género 112 o por el organismo competente en materia de violencia de género de la Comunidad Autónoma.
Acceder al Reglamento de Régimen Interior (Base de Datos de Legislación Básica de Política Social en la Región de Murcia)
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