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viernes, 24 de abril de 2020
Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 23/04/2020
Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno
Salud
La Región de Murcia se suma a la aplicación ‘AsistenciaCovid19’ que ofrece autodiagnóstico y seguimiento de la salud por móvil y web
El Consejo de Gobierno ha aprobado un convenio entre la Consejería de Salud y la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial que establece la adhesión de la Región de Murcia al uso de la aplicación ‘AsistenciaCovid19’, que permite a los ciudadanos autoevaluar su probabilidad de sufrir covid-19.
El objetivo es reducir el volumen de llamadas a los números telefónicos puestos a disposición para resolver las dudas al respecto, permitir un triaje inicial de posibles casos y un seguimiento posterior.
La herramienta puede utilizarse a través del móvil (iOS y Android) y de la web (https://asistencia.covid19.gob.es/) y permite también acceder a recomendaciones de actuación e información actualizada y recibir recordatorios para un seguimiento periódico del estado de salud. En ningún caso constituye un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos.
Así, en función de los síntomas médicos que comunique, el usuario podrá autoevaluar su probabilidad de estar infectado por el COVID-19, así como acceder a una autoevaluación continua diaria a través de la monitorización de la temperatura y parámetros básicos, cada 12 horas desde que se inicie la aplicación, incluyendo un recordatorio en forma de alarma.
El sistema incluye el envío de notificaciones en relación con las mejores medidas preventivas y de evaluación en cada momento y proporciona consejos prácticos y acciones a seguir según la evaluación.
La Región de Murcia se suma así a las comunidades de Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha y Extremadura, además de la Comunidad de Madrid, donde se hizo el proyecto piloto, que cuentan ya con esta aplicación.
El convenio, que no comporta obligaciones económicas entre las partes, tendrá una duración inicial de tres meses y podrá ser prorrogado expresamente por periodos mensuales sucesivos hasta un máximo de un año.
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