Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 202 de 21/08/2018
Objeto:
- Serán subvencionables en esta convocatoria, los siguientes programas:
- Atención a las personas con necesidades de atención integral socio sanitaria.
- Atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral.
- Fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia.
- Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales del Tercer Sector de Acción Social.
- No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades del Tercer Sector de Acción Social los organismos o entidades públicas adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
- Real Decreto 729/2017, de 21 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondientes a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, (BOE nº 174 de 22/07/2017).
- 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".
- Descargar Resolución de la Convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.82 KB)
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