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lunes, 27 de agosto de 2018

Acuerdos del Consejo de Ministros de 24/08/2018





Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Sanidad, Consumo y Bienestar Social

Medidas contra la Pobreza Infantil

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de un crédito adicional de 5,2 millones de euros por el que se duplican los fondos destinados a la partida de "Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales" dirigidos a garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de los menores durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral.
Esta medida fue acordada por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, y recogida en el Acuerdo del Consejo de Ministros del 29 de junio de 2018.
La distribución territorial por Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla es la siguiente:




Estructura Básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social


El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva estructura orgánica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, mediante un Real Decreto que modifica el Real Decreto 595/2018, que establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Entre las principales novedades de este Real Decreto con respecto a la estructura que establecía el Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que ahora se deroga, cabe señalar las siguientes:
Dependiente de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, se crea una nueva Dirección General de Consumo. Esta dirección general asumirá las competencias de consumo, con el fin de dar un nuevo impulso a la actividad dirigida a garantizar un nivel elevado de protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios, mediante una gestión eficiente y transparente, a través de una unidad de criterio que contribuya a reforzar la confianza de los ciudadanos.
Esta reestructuración obedece a la necesidad de reconocer el ámbito de actuación específico de las cuestiones de consumo, centrado en el mandato del artículo 51 de la Constitución Española, por el que se encomienda a los poderes públicos, garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos, además de promover la información y la educación de los consumidores y usuarios y fomentar sus organizaciones y oírlas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos en los términos que la ley establezca.
Además, se incluye un mandato para crear el Observatorio de Salud de las Mujeres, como órgano colegiado de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, adscrito al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social a través de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Dicho observatorio tendrá como finalidad la mejora del conocimiento de las causas y determinantes de la salud de la mujer así como la difusión de conocimientos que contribuyan a promocionar servicios de calidad adecuados y la promoción de análisis y estudios en colaboración con los agentes sociales implicados para conseguir logros en la salud y en la calidad de vida de las mujeres.
También se amplían las competencias del hasta ahora Consejo Asesor de Sanidad, que pasa a denominarse Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, y que actuará como órgano consultivo y de asistencia a la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en la formulación de la política sanitaria y de bienestar social. Estas nuevas competencias en materia social quedan justificadas por la vinculación existente entre determinadas políticas sanitarias y colectivos que precisan de una mayor protección social como son los enfermos crónicos o las personas con discapacidad.

Más información: BOE nº 206 de 25/08/2018

Apoyo económico a las personas con discapacidad

Acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas transitorias de apoyo económico para las personas con discapacidad.


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