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miércoles, 31 de julio de 2019

Extracto de la Resolución de 23 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2019-2020

Fuente: BOE nº 179 de 27 de julio de 2019

Convocatoria
Se convocan las siguientes ayudas:


  • Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
  • Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Beneficiarios
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.

Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.

Solicitudes y plazos
Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección http://www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 26 de septiembre de 2019, inclusive.

Componentes de las ayudas y cuantías

  • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
  • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
  • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
  • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
  • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
  • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
Libros y material didáctico:


  • Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.
  • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
  • Reeducación pedagógica o del lenguaje y ayuda asociada a altas capacidades: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.

Información sobre la tramitación de la ayuda
La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es.
Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF o NIE correspondiente.

Más información:

Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 592 KB)

Acceder a la Base de Datos Nacional de Subvenciones para consultar y descargar la Orden completa y otros documentos. BDNS (Identif.): 466820

martes, 30 de julio de 2019

Nº 64. Gizarteratuz. Boletín Documental sobre Asuntos Sociales

Gizarteratuz nº 64. Donostia: SIIS Centro de Documentación y Estudios, Marzo-abril 2019, 28 p.

Se publica el nº 64 de Gizarteratuz, Boletín Documental sobre Asuntos Sociales con información y documentación procedente del SIIS Centro de Documentación y Estudios de la Fundación Eguía-Careaga Fundazioa de San Sebastián.

SUMARIO:

Novedades bibliográficas (p. 2)

Investigaciones:
  • Necesidades sociales y demanda de servicios sociales en Euskadi (p. 6)
  • Jendearen ardurak eta gizarte-politikak: sintoniarik bai herritarren eta politikarien artean? (p. 11)
  • Mejoran las condiciones residenciales de la población gitana (p. 12)
Bibliografía (p. 14). Esta sección contiene referencias bibliográficas de publicaciones con un pequeño resumen.

Herramientas (p. 22). Resumen de herramientas y buenas prácticas para la planificación y desarrollo de servicios sociales.

Agenda (p. 26). Eventos que se van a realizar en los próximos meses. 

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 5.34 MB)

Extracto de Resolución 12 de julio de 2019 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones del programa mixto empleo-formación para entidades sin ánimo de lucro en la Región de Murcia 2019

Fuente: BORM nº 174 de 30 de julio de 2019

Objeto:
La ejecución del programa Mixto Empleo-Formación en la Región de Murcia, tiene como finalidad la de:

  1. Para jóvenes menores de veinticinco años. (PMEF-JV), la de facilitar su inserción laboral, mediante su participación en proyectos de carácter temporal para la realización de obras o servicios de utilidad pública o social, en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo.
  2. Para personas desempleadas de entre veinticinco años y cincuenta y cuatro años (PMEF-MY), la de mejorar la ocupabilidad, mediante su participación en proyectos de carácter temporal para la realización de obras o servicios de utilidad pública o social que permitan la inserción laboral a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de las personas participantes.
Beneficiarios:
Las asociaciones, fundaciones y cualesquiera otras entidades sin ánimo de lucro que dispongan de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


Bases Reguladoras:
Orden de 22 de julio de 2013, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, se aprobaron las bases reguladoras de subvenciones del programa Mixto Empleo-Formación, modificada por la Orden de 16 de abril de 2015 (BORM n.º 94 de 25 de abril) y por Orden de 24 de noviembre de 2017 (BORM n.º 278 de 1 de diciembre).


Cuantía:
El crédito disponible máximo con que cuenta la convocatoria para la participación en esta actuación es de 1.016.521,67 euros. La cuantía individual estará en función de los gastos de formación para el empleo, educación complementaria y de funcionamiento durante todo el proyecto, así como los gastos salariales de los alumnos/as- trabajadores/as del proyecto.


Plazo:
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 20 de septiembre de 2019.


Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo de solicitud electrónica establecido en la aplicación informática GEFE (Gestión de Expedientes de Formación para el Empleo) e irán dirigidas al Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación. Una vez cumplimentadas, se presentarán y registrarán telemáticamente desde la propia aplicación informática GEFE.

Más información:
Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 140 KB)
Acceder a la Base de Datos Nacional de Subvenciones para consultar y descargar la Orden completa y otros documentos. BDNS (Identif.): 466864

lunes, 29 de julio de 2019

Decreto número 134/2019, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinados Ayuntamientos, para el desarrollo de programas de atención social integral para el pueblo gitano (Plan Desarrollo Gitano)

Fuente: BORM nº 172 de 27 de julio de 2019

Objeto
Este decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a los Ayuntamientos destinadas a la realización de proyectos de atención social integral dirigidos a población gitana.

Finalidad
La finalidad de las subvenciones es fomentar la promoción, prevención de la exclusión, desarrollo, participación e integración social, favoreciendo la mejora de la cualificación y el acceso al empleo de la población gitana de nuestra Región, entre otros.

Interés público y social
Las subvenciones reguladas en este Decreto tienen carácter singular por lo que se autoriza la concesión directa de las mismas, en aplicación de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con lo establecido en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por concurrir razones de interés público y social.
Estas razones se basan en la necesidad de apoyar y financiar las actuaciones que vienen desarrollando los municipios seleccionados en relación a la población gitana y la necesidad de apoyar el desarrollo de programas en esos municipios con alta densidad de población gitana o con núcleos de población con alta concentración de la misma, lo que justifica la exclusión de la concurrencia competitiva.

Contenidos y destinatarios de los proyectos
Los proyectos deberán tener carácter integral, pudiendo contemplar actuaciones en las áreas de inclusión social, educación, cultura, empleo, salud, vivienda, no discriminación y antigitanismo, ciudadanía y participación.
Los proyectos irán dirigidos de forma prioritaria a la población gitana, si bien, atendiendo a los principios de universalidad y normalización de los recursos, las actuaciones comprendidas en los mismos podrán tener carácter específico o general, en función de que los destinatarios sean exclusivamente gitanos o no.

Financiación
El importe total máximo de las subvenciones será de 399.441,98€ euros, de los que 48.720,98 euros corresponden a financiación afectada, al tratarse subvenciones cofinanciadas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, y 350.721,00 euros a fondos propios de la Comunidad Autónoma.

Beneficiarios
Serán beneficiarios de estas subvenciones en los términos establecidos en este Decreto, los siguientes ayuntamientos: Águilas, Alcantarilla, Cartagena, Cieza, Las Torres de Cotillas, Lorca, Murcia, Puerto Lumbreras, San Pedro del Pinatar y Totana, siempre que cumplan los requisitos generales establecidos en el art. 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.

La cuantía prevista en el artículo 6 se distribuirá del modo siguiente:






Acuerdos del Consejo de Ministros de 26/07/2019



Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad 

Ampliación del fondo para infraestructuras de la dependencia a proyectos de servicios sociales

El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación del Convenio para la Promoción y Desarrollo de Infraestructuras y Servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), suscrito el 31 de julio de 2009.

A través de una adenda, se modifica el convenio original -que comportaba la creación de un fondo de ayudas- y se extiende su ámbito de actividad a los servicios sociales, además de la actividad relacionada con el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia.

De esta forma, la nueva denominación de las ayudas pasa a ser: "Fondo de Apoyo para la Promoción y Desarrollo de Infraestructuras y Servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia y de los Servicios Sociales".

Los beneficiarios de las ayudas serán las entidades del tercer sector de acción social, empresas de economía social y cualesquiera otras entidades y empresas que presenten proyectos de infraestructuras y/o servicios en el ámbito de la dependencia y de los servicios sociales.

La vigencia del convenio es de diez años y su dotación anual actual es de 15 millones de euros.

El convenio está suscrito por el Ministerio de Economía y Hacienda, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, y la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

El anterior convenio sobre la materia, ahora modificado, se autorizó también por acuerdo del Consejo de Ministros el 31 de julio de 2009 y finaliza su vigencia el 31 de julio de 2019.

viernes, 26 de julio de 2019

Vol. 9, nº 16 (enero-junio) de Trabajo Social Global. Revista de investigaciones en intervención social

Trabajo Social Global. Revista de investigaciones en intervención social - Global Social Work. Journal of Social Intervention Research. Granada: Universidad, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, 2019. Vol. 9, nº 16 (enero-junio)

SUMARIO

Epistemes

Praxis

Universitas

Reseñas

Vol. 8, nº 15 (julio-diciembre) de Trabajo Social Global. Revista de investigaciones en intervención social

Trabajo Social Global. Revista de investigaciones en intervención social - Global Social Work. Journal of Social Intervention Research. Granada: Universidad, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, 2018. Vol. 8, nº 15 (julio-diciembre)

SUMARIO

Epistemes

Reseñas