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jueves, 14 de diciembre de 2017

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 13/12/2017

Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

Cohesión social
Subvención para un estudio sobre las condiciones de vida de la población en riesgo de pobreza
El Consejo de Gobierno ha autorizado una subvención de 60.000 euros a la Red de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social Región de Murcia-EAPN para que lleve a cabo la investigación ‘Condiciones de vida y bienestar social de la población en riesgo de pobreza y exclusión en el área geográfica del municipio de Murcia y del Guadalentín’, así como el mantenimiento de actividades y servicios que presta la EAPN.
El objetivo es continuar con la primera fase de la investigación, que se circunscribió al municipio de Murcia. Para ello se van a realizar encuestas en secciones no vulnerables del municipio de Murcia, a fin de incrementar la representatividad de la muestra inicial, ampliándola al área geográfica del Guadalentín para conocer la realidad de la exclusión social en la Región, y constituir la base diagnóstica del futuro Plan de Inclusión Social.
En el marco de este estudio se ha creado una comisión técnica con representación de la Administración regional, local, entidades sociales y grupo de investigadores del ámbito universitario, que contribuye a unificar objetivos respecto a esta investigación.

Ayuda para fomentar la empleabilidad de personas con enfermedad mental
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy una subvención de 20.000 euros a la Fundación Murciana de Salud Mental-Fusamen para el desarrollo de un proyecto que favorezca la preparación laboral de las personas con enfermedad mental del municipio de Murcia.
Se trata de poner en marcha tres talleres de centro ocupacional con fines prelaborales sobre informática, marquetería/restauración y encuadernación, ya que está demostrado que las personas con enfermedad mental pueden acceder a un puesto de trabajo si se han formado previamente, lo que les ayuda a superar las barreras del estigma social que conlleva la enfermedad, contribuyendo a su integración social.
Algunas de las mejoras que se están poniendo en marcha para este colectivo son la ampliación de plazas en residencias y centros de día, la creación de un centro de día en el Valle de Ricote y la próxima suscripción de un convenio con la federación regional para que estas personas puedan hacer prácticas en la Comunidad Autónoma.

martes, 12 de diciembre de 2017

Orden de 21 de noviembre de 2017 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras y se convocan las ayudas periódicas de inserción y protección social


Fuente: BORM nº 285 de 12/12/2017

Objeto:
  • Establecer las normas reguladoras para la concesión de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social en la Región de Murcia, así como su convocatoria, para el ejercicio 2017.
Vigencia:
  • Esta Orden permanecerá en vigor durante los ejercicios siguientes al actual, siempre que en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia correspondientes se incluya dotación para estas atenciones y no se publique una nueva norma reguladora.
Definición:
  • Son aquellas ayudas que se conceden para proporcionar apoyo económico temporal a familias o unidades de convivencia con menores a cargo, sin los medios necesarios para proveer su subsistencia y que pudiera llevar, o hubiera llevado, a tales menores a una situación de riesgo social.
  • Prevenir la desestructuración familiar y subsiguiente situación de desamparo, hasta la desaparición de tal situación, con la finalidad de asegurar la atención de los menores y su permanencia en la unidad familiar o de convivencia.
Beneficiarios:
  • Menores de dieciséis años de edad, cuyas unidades de convivencia tengan su residencia habitual en la Región de Murcia.
  • Menores con edades comprendidas entre los dieciséis y dieciocho años cuyas unidades de convivencia residan habitualmente en la Región de Murcia, siempre que realicen, o se incorporen, a una actividad formativa debidamente acreditada.
Solicitantes:
  • Podrán solicitar estas ayudas los progenitores y tutores legales de los menores.
Podrán ser perceptores de estas ayudas:
  • Los progenitores o tutores legales de los menores.
  • Las personas físicas o entidades colaboradoras (Ayuntamientos, Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro) designadas por el IMAS al objeto de garantizar la adecuada utilización del importe de la ayuda concedida.
  • En los casos en los que la tutela recaiga en la Administración Pública Regional, el órgano correspondiente de la misma que tenga asumidas las competencias en materia de menores será quien designe al perceptor de la ayuda.
Requisitos:
  • Residir en la Región de Murcia y figurar empadronados en alguno de los municipios de la misma.
  • Disponer de ingresos que no superen el porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente por persona y mes, en cómputo medio anual:
    • Unidades de convivencia constituidas por dos personas: 75%.
    • Unidades de convivencia constituidas por tres personas: 65%.
    • Unidades de convivencia constituidas por cuatro o más personas: 60%.
  • Del cómputo de ingresos de las unidades de convivencia se exceptúan los procedentes de la prestación familiar por hijo a cargo de los menores de 18 años.
  • Colaborar y participar en el proyecto de integración socio-familiar y/o de seguimiento realizado por los servicios sociales de atención primaria.
  • Que los menores susceptibles de ser beneficiarios de estas ayudas se encuentren en situación de riesgo social, no considerándose el desempleo de los progenitores o personas adultas de la unidad de convivencia, por sí solo, como causa del mismo.
  • En el supuesto de inmigrantes, sus unidades de convivencia, además de los requisitos de carácter general, deberán disponer de los necesarios permisos de residencia.
  • En el supuesto de refugiados, sus unidades de convivencia, además de reunir los requisitos de carácter general, deberán acreditar dicha condición o la admisión a trámite de la correspondiente solicitud.
Condiciones para la concesión de estas ayudas:
  • Se considerará unidad de convivencia las personas que residan en un mismo marco físico de alojamiento, unidas por matrimonio u otra forma de relación permanente análoga a la conyugal, así como otras personas vinculadas por relaciones de adopción, tutela, acogimiento familiar o parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado, o de afinidad hasta el segundo, respecto del menor.
  • Cuando en una unidad de convivencia existan además personas que tengan a su cargo hijos menores, menores tutelados o en régimen de acogimiento familiar, o personas con discapacidad, se considerará que constituyen otra unidad de convivencia independiente.
  • No se concederán estas ayudas a las unidades de convivencia en las que exista algún miembro adulto desempleado con derecho a percibir la prestación de la Renta Básica de Inserción, o en las que existiera mayor número de adultos capacitados para el trabajo que menores susceptibles de ser beneficiarios.
  • Tampoco se concederán estas ayudas a las unidades de convivencia que puedan acceder a otros recursos sociales de carácter personal, municipal, regional o estatal para las personas adultas o para los menores a fin de resolver la situación de necesidad presentada.
  • Tendrá la consideración de recurso personal la capacidad para la incorporación laboral de las personas adultas de la unidad de convivencia.
  • Para el mantenimiento de la ayuda será condición necesaria el cumplimiento de las obligaciones que se establecen en esta Orden.
Obligaciones de los solicitantes:
  • Las personas solicitantes estarán obligadas a comunicar en el plazo máximo de 15 días a los servicios sociales de atención primaria, o en su defecto al IMAS, cualquier variación que se produzca en la composición familiar, recursos propios, domicilio, o cualquier otra circunstancia que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la ayuda, durante la tramitación del expediente.
  • Se deberá informar de la obtención de ayudas o subvenciones para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública, o ente público o privado.
Obligaciones de los beneficiarios y perceptores:
  • Aplicar las cantidades recibidas a la atención de las necesidades de los menores.
  • Participar en el proyecto de integración socio-familiar establecido y cumplir las condiciones establecidas por resolución.
  • Cumplir con la revisión de la ayuda en la fecha establecida por resolución, aportando la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas.
  • Comunicar a los servicios sociales de atención primaria, o en su defecto al IMAS, todas aquellas eventualidades acontecidas que puedan modificar la situación de urgencia y necesidad del beneficiario.
  • Presentar todos los documentos que le sean requeridos para la revisión de la ayuda tanto por los servicios sociales de atención primaria como por el IMAS.
  • Comunicar a los servicios sociales de atención primaria, o en su defecto al IMAS, cualquier variación que se produzca en la composición de la unidad de convivencia o en la cuantía de los recursos de la misma que pudiera determinar la modificación del importe o la extinción de la ayuda concedida. 
Forma y lugar de presentación de las solicitudes:
  • Las solicitudes de ayudas se podrán realizar ante los servicios sociales de atención primaria, en el modelo normalizado, acompañadas de la documentación necesaria
  • Se presentarán preferentemente en el registro del ayuntamiento correspondiente al domicilio del interesado.
Plazo de presentación de las solicitudes:
  • El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo abierto hasta la publicación de una nueva orden reguladora o su derogación.
  • En caso de agotamiento de la partida presupuestaria la convocatoria podrá ser temporalmente suspendida mediante resolución de la Dirección Gerencial del IMAS.
Pago de las ayudas:
  • Las ayudas se abonarán a los menores beneficiarios a través del padre, la madre, tutor o, en su caso, de la entidad colaboradora o persona designada al efecto, en pagos periódicos, por mensualidades vencidas.
Situaciones anteriores:
  • Las ayudas vigentes el 31 de diciembre de cada año continuarán abonándose durante el ejercicio siguiente hasta el momento en que proceda su revisión, siempre que exista presupuesto y no se dicte resolución contraria.
Más información:
Guía de Procedimientos y Servicios: 0647
Descargar modelo de solicitud y documentación necesaria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.5 MB)


lunes, 11 de diciembre de 2017

Social Innovation as a Trigger for Transformations The Role of Research

  

Social Innovation as a Trigger for Transformations: The Role of Research. Luxemburgo: Comisión Europea, 2017. 110 p.

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 3.42 MB) 

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 07/12/2017

Atención Social

Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno 
Más de 1,2 millones para realojar a familias en exclusión social
El Consejo de Gobierno ha autorizado la celebración del contrato que permitirá la adquisición de viviendas de segunda mano por parte de la Consejería de Presidencia y Fomento con el fin de destinarlas a realojar a familias en situación de exclusión social y residencial, con un presupuesto de 1.275.000 euros.
El objetivo es promover la integración de las familias en riesgo de exclusión social que ocupan infraviviendas en núcleos de chabolismo mediante la adquisición de viviendas, adecuadas a cada familia, para facilitar su acceso a un alojamiento adecuado y romper el círculo de exclusión a través de un proceso de acompañamiento.
La familia en riesgo de pobreza es aquella cuyos ingresos, incluidas las ayudas, no alcanzan el 60 por ciento del salario mínimo, es decir, que no superan los 450 euros, y la mayoría de sus miembros son parados de larga duración. Además, no logran acceder a cuatro de estos puntos: pago del alquiler o facturas de servicios públicos; calefacción adecuada; enfrentarse a gastos inesperados, comer carne, pescado o proteínas equivalentes cada 2 días; una semana de vacaciones fuera de casa; un coche; una lavadora; una televisión en color y un teléfono.
La adquisición de estas viviendas se hará mediante convocatoria pública en el término municipal de Murcia y se valorarán en función de las características sociales del entorno de la vivienda y de las necesidades de las familias para lograr su integración social.
El presupuesto de 1.275.000 euros está cofinanciado en un 80 por ciento por Fondos FEDER (1.020.000 euros) y el 20 por ciento restante (255.000 euros) corresponde a fondos propios de la Comunidad.
Esta iniciativa del Gobierno regional se enmarca en el programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada, desarrollado en colaboración con ayuntamientos y entidades sociales.
Está incluida en la Estrategia Europa 2020, para lo que los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos de la Comisión Europea 2014-2020 prevén la financiación de operaciones de realojo de poblaciones que habitan en asentamientos segregados para que puedan acceder a una vivienda.

martes, 5 de diciembre de 2017

Nº 13. Planeta Fácil: 100.000 personas en España podrán recuperar su derecho al voto

Planeta Fácil: noticias fáciles de entender sobre el mundo y la discapacidad. Madrid: Plena Inclusión.
Nº 13. 04 de diciembre de 2017. Planeta Fácil: boletín en Lectura Fácil. 7 p.

Hoy hablamos de:

  • 100.000 personas en España podrán recuperar su derecho al voto
  • Mi experiencia en el grupo de autogestores
  • España participa en una reunión de varios países sobre la toma de decisiones
  • ¡Príngate, hermano!
  • ¿Qué puedes hacer tú contra la sequía?
Descargar boletín (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 284 KB)

lunes, 4 de diciembre de 2017

Experiencias de sensibilización sobre las posibilidades de las personas con discapacidad intelectual en un entorno normalizado

Yo también cuento: manual de experiencias de sensibilización sobre discapacidad intelectual o del desarrollo a entidades del entorno: impartidas por personas con discapacidad intelectual. Madrid: Plena Inclusión, 2017. 45 p. 

El documento contiene las experiencias encuadradas en el proyecto "Yo también cuento" realizadas con el objetivo de formar y sensibilizar a diversas entidades y colectivos con el fin de dar a conocer las posibilidades de las personas con discapacidad intelectual de participar y desenvolverse en un entorno normalizado.  

Las acciones han sido desarrolladas por personas con discapacidad intelectual en: colegios y universidades, comercios, Ayuntamientos, centros culturales, polideportivos, eventos festivos o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que pueden animar a otras organizaciones a acercarse a la realidad de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo a través de la réplica de las iniciativas aquí recopiladas.

En el documento se recoge una descripción de cada una de las actividades realizadas donde se da información sobre  los contenidos, objetivos y resultados alcanzados, así como el perfil de los asistentes. También se facilitan los datos de contacto de las asociaciones y fundaciones que las imparten. 

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 13.8 MB) 

Acuerdos del Consejo de Ministros de 1 de diciembre de 2017



Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

REGULADA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL FONDO DE AYUDA EUROPEA PARA LAS PERSONAS MÁS DESFAVORECIDAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las organizaciones asociadas de reparto encargadas del reparto de alimentos y del desarrollo de medidas de acompañamiento, en el marco del Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas en España en 2017.
El objetivo principal de la norma es mejorar la situación en que se encuentran las personas más desfavorecidas beneficiarias de la ayuda alimentaria, facilitando su acceso a los recursos sociales y favoreciendo, así, su inclusión social y, en algunos casos, sus posibilidades de acceso al empleo.
Responde este objetivo al carácter social y humanitario del Fondo de Ayuda europea, el cual constituye un instrumento que complementa las políticas orientadas a la inclusión social y la erradicación de la pobreza de los Estados miembros. Este fondo financia en un 85 por 100 los programas nacionales de distribución de alimentos a las personas más desfavorecidas, así como medidas de acompañamiento social. El otro 15 por 100 lo financia el Estado. La cuantía máxima a distribuir para este año es de 2,83 millones de euros.
Las subvenciones se conceden a las "organizaciones asociadas de reparto", que son seleccionadas por los Estados miembros, para que, junto con el reparto de alimentos que pretende cubrir una carencia material básica, se ofrezca el apoyo necesario a las personas beneficiarias de esta ayuda para superar algunas de las dificultades con que se encuentran para su plena participación e inclusión social.
33,5 MILLONES A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA CONTRIBUIR A SUS POLÍTICAS SANITARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado siete Acuerdos de reparto de fondos a las Comunidades Autónomas para contribuir a sus políticas sanitarias. En total, se ha autorizado la distribución de 33,57 millones de euros acordados previamente en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Del desglose de los Fondos destacamos:

Un millón de euros para el desarrollo de la Estrategia de Enfermedades Raras. Además, como novedad de este año, se han repartido 800.000 euros para el desarrollo de un proyecto piloto para el acceso al diagnóstico genético de personas y familias afectadas o con sospecha de padecer enfermedades raras de base genética. El objetivo es facilitar un diagnóstico más rápido y establecer rutas asistenciales que aseguren a las familias acceder a un diagnóstico genético. El abordaje de las enfermedades raras es una prioridad para el Gobierno, sumando esfuerzos para avanzar en la investigación y mejorar la detección precoz. 
 
Distribución de los 1,75 millones de euros contemplados en los Presupuestos Generales del Estado dentro del Programa de reasentamiento y reubicación de refugiados, para los gastos derivados de la acogida.