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jueves, 1 de julio de 2021

Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 22 de junio de 2021 sobre convocatoria de subvención para el colectivo de pensionistas mayores de 65 años, pensionistas por viudedad y desempleados de larga duración. Ejercicio 2021



Objeto: 
Subvencionar al colectivo de pensionistas mayores de 65 años, pensionistas por viudedad y parados de larga duración

Requisitos que deberán cumplir los beneficiarios/as:

1- Ser pensionista mayor de 65 años o pensionista por viudedad o ser parado/a de larga duración sin percibir ninguna prestación por desempleo o percibir exclusivamente un subsidio por desempleo.
2- Ser residente habitual del municipio (empadronado/a en Molina de Segura).
3- Que la unidad familiar del beneficiario/a sea propietaria o usufructuaria de una única vivienda en el término municipal.
4- Tener pagado el recibo del I.B.I. del ejercicio corriente.
5- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento.
6- En todo caso, cumplir los demás requisitos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones que resulten de aplicación.
7- Sólo podrá ser beneficiario/a un/a componente de la unidad familiar.
8- Para el caso de parados/as de larga duración, cuando sobre la vivienda a subvencionar existan 2 ó más derechos reales, deberá acreditarse que el resto de
titulares de derechos no percibe rendimientos del trabajo ni pensiones de ningún tipo (excepto subsidios por desempleo).
9- El importe de la subvención no podrá ser superior al importe de la cuota líquida anual de IBI del ejercicio correspondiente a la vivienda a subvencionar.

Bases reguladoras:
Las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura han sido aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el 9 de abril de 2021.
Se encuentran a disposición de los/as interesados/as en la oficina municipal de Gestión Tributaria y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento la (https://sedeelectronica.molinadesegura.es).

Cuantía:
Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 08.231.348.000.03 “Transf. Colectivo 3.ª Edad, Viudedad y Desempleados de Larga Duración” prevista en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2021, por un importe de 48 euros anuales por beneficiario y unidad familiar.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
El plazo de solicitud comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM y finalizará el 30 de septiembre de 2021.
Las solicitudes junto con la documentación necesaria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información:
Los acuerdos de concesión se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento

Descargar documento de convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 173 KB)

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