Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 154 de 28/06/2019
Objeto:
- Financiar el mantenimiento y funcionamiento, tanto de las instalaciones y sedes como de su propia actividad ordinaria del movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal vinculado al área de competencia y actividad del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, a fin de facilitar la disponibilidad de los medios precisos para el cumplimiento de sus objetivos.
- Entidades y organizaciones no gubernamentales que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
- No se entenderán incluidas las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales, los sindicatos, y cualquiera otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
- En el supuesto de que se trate de entidades u organizaciones no gubernamentales que no sean específicamente de mujeres, entre los fines estatutarios de la entidad, debe constar el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y que entre sus actividades del ejercicio anterior más del 50% del presupuesto del conjunto de dichas actividades, se destinen específicamente solamente a mujeres o a temas de igualdad de género.
- Orden de Bases TAS/535/2007, de 23 de febrero (BOE nº 60 de 10/03/2017), por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones, ayudas y becas por el Instituto de la Mujer.
- 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de Convocatoria de la Subvención en el B.O.E.
Descargar Resolución de la Convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 589 KB)
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