Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 115 de 14/05/2019
Objeto:
- Reconocer la acción voluntaria de las personas físicas o jurídicas, desarrollada ante las situaciones de vulnerabilidad, privación o falta de derechos a través de programas de voluntariado que pretendan:
- Favorecer la igualdad de oportunidades y no discriminación, y la búsqueda de la transformación social.
- Conseguir una mejora social, tanto en las personas, como en sus entornos.
- Las personas voluntarias, nacionales o extranjeras, que desarrollen su actividad solidaria en el seno de entidades del Tercer Sector de Acción Social, o en entidades públicas o privadas que realicen programas de voluntariado en colaboración con las mencionadas organizaciones sociales del Tercer Sector de Acción Social.
- Las entidades del Tercer Sector de Acción Social, entendiéndose como tales, aquellas organizaciones de carácter privado que respondan a criterios de solidaridad, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsen el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales.
- Orden SSI/1738/2013, de 17 de septiembre, por la que se regulan los premios estatales al voluntariado social. (BOE nº 232 de 27/09/2013)
- Los premios consistirán en la entrega de medallas alegóricas de la solidaridad voluntaria, y diplomas de reconocimiento.
- Las menciones honoríficas consistirán en un diploma de reconocimiento.
- 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
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