Fuente: Extracto de la Orden en el BORM nº 123 de 30/05/2019
Objeto:
- Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de interés general para atender a fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
- Entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Española y otras entidades u organizaciones no gubernamentales.
- Requisitos:
- Estar legalmente constituidas al menos con dos años de antelación a la fecha de la convocatoria de subvención.
- Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante RCSS) y tener autorización para la realización de las actividades objeto de la subvención.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener fines institucionales adecuados recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.
- Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos, delegación permanente en la misma.
- Eje de incorporación social:
- Programas para la integración social para personas en riesgo o situación de exclusión social.
- Programas de inserción sociolaboral para personas en riesgo o situación de exclusión social.
- Programa para la integración social de las personas inmigrantes y solicitantes y beneficiarias de protección Internacional.
- Atención a personas mayores que viven solas, sin apoyo familiar, con enfermedades crónicas y/o larga duración en hospitales, centros residenciales o domicilio.
- Promoción de la inserción sociolaboral de las personas con discapacidad.
- Programas relacionados con actuaciones integrales dirigidas a grupos y personas en territorios especialmente vulnerables.
- Eje de promoción de la autonomía personal:
- Atención integral a personas mayores a través de servicios que faciliten su permanencia en el domicilio y en su entorno social y familiar.
- Ampliación, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros y unidades de atención a personas mayores.
- Promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad.
- Ampliación, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros y unidades de atención a personas con discapacidad.
- Eje de atención a la infancia y familia:
- Programas de apoyo a las familias en situaciones especiales, de crisis y/o riesgo social.
- Programas de atención a la infancia en situación de vulnerabilidad.
- Promoción social de menores/jóvenes que pertenecen o han pertenecido al sistema de protección de menores o al sistema de reforma de menores.
- Apoyo y descanso para familiares cuidadores de personas mayores, favoreciendo su permanencia en el domicilio familiar.
- Apoyo y descanso para las personas cuidadoras de personas con discapacidad.
- Ampliación, reforma, rehabilitación y equipamiento de centros y unidades de atención a familias y menores.
- Orden de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de fecha 6 de agosto de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (BORM n.º 181, de 7 de agosto de 2018)
- 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
- La duración de los proyectos presentados no podrá superar los 12 meses.
- El periodo de ejecución de los proyectos comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.
- La entidad deberá aportar en el proyecto de fondos propios, como mínimo, el 5% del importe de la subvención solicitada.
- El plazo máximo de presentación de la justificación será hasta el 31 de marzo de 2021.
Descargar Orden de la Convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 953 KB)
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