Fuente: BORM nº 111 de 16/05/2019
Órgano responsable:
- El órgano administrativo responsable de la ejecución del Plan será el Servicio de Inspección, Registro y Régimen Sancionador, dependiente de la Secretaria General.
- Comprobar el cumplimiento por parte de los centros y servicios sociales de las condiciones mínimas funcionales y materiales establecidas en el Decreto 69/2005, de 3 de junio, por el que se establecen las condiciones mínimas que han de reunir los centros residenciales para personas mayores de titularidad pública o privada.
- Garantizar los derechos de las personas usuarias de los centros y servicios sociales.
- Comprobar el efectivo cumplimiento de las condiciones establecidas en los requerimientos efectuados por la Inspección.
- La detección de situaciones de funcionamiento irregular de centros, vigilando su situación para que se adapten a las condiciones materiales y organizativo-funcionales, en los términos establecidos en el citado Decreto 69/2005, de 3 de junio, Decreto 3/20105, de 23 de enero por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos y demás disposiciones concordantes, en aras a mantener la legalidad vigente.
- Supervisar la correcta implantación y utilización de protocolos y registros mínimos relacionados con la atención directa a los usuarios que garanticen la detección de incidencias y la adopción de medidas adecuadas en su supervisión.
- Promover la mejora continua del nivel de calidad en la prestación de los servicios sociales en la Región de Murcia.
- Línea I. Control del cumplimiento de las condiciones mínimas materiales y de funcionamiento exigidas para la apertura, modificación, traslado y funcionamiento de los centros y servicios sociales.
- Línea II. Control y seguimiento del cumplimiento de los requisitos materiales y funcionales y actualización del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
- Línea III. Seguimiento de la calidad en la atención asistencial.
- Línea IV. Actuaciones inspectoras por quejas y denuncias.
- Finalizado el periodo de vigencia del plan, se llevará a cabo una evaluación mediante la elaboración de una memoria que contenga el resumen de las inspecciones realizadas, actuaciones, grado de cumplimiento de la normativa y medidas correctoras adoptadas.
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