Fuente: BOE número 163 de 10/07/2023
Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia por el que se establece la hoja de ruta para la mejora de la atención temprana en España sobre un marco común de universalidad, responsabilidad pública, equidad, gratuidad y calidad
La Atención Temprana se erige como un derecho que promueve un desarrollo infantil saludable, un asunto que ha tenido su reflejo en desarrollos normativos y de política pública que se han emprendido tanto desde las comunidades autónomas, como en el ámbito estatal a través de leyes y planes, incluido el propio Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Se crea un nuevo Grupo Técnico de Trabajo de Atención Temprana como un espacio constructivo para el diálogo territorial y civil y con el ánimo de realizar propuestas técnicas que contribuyan a la mejora de la atención temprana. Para dar consecución a este objetivo general, ha estado trabajando en la consecución de documentos de consenso en cinco ámbitos temáticos fundamentales:
- Marco conceptual de la atención temprana
- Criterios de detección y prevención comunes
- Catálogo de prestaciones y servicios esenciales
- Estándares de calidad de las prestaciones y servicios esenciales
- Sistemas de información y coordinación
La atención temprana debe erigirse como un derecho subjetivo, universal, público y gratuito. Por atención temprana se entiende el conjunto de actuaciones preventivas y de promoción del desarrollo holístico infantil dirigidas a la población menor de 6 años, su familia y sus entornos, que garantizan una respuesta ágil, integral y coordinada por equipos de profesionales, preferentemente en los sistemas de salud, servicios sociales y educación, ante factores de riesgo o alteraciones (posibles o detectadas) para el desarrollo del niño o la niña.
Considerando que la sanidad, la educación y los servicios sociales son competencia de las comunidades autónomas y que la regulación de la atención temprana se produce en el ámbito autonómico; con este acuerdo, alcanzado en el marco del diálogo y la cooperación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, se adopta un marco común de trabajo con el objetivo de que contribuya a la mejora de la universalidad, la responsabilidad pública, la equidad, la gratuidad y la calidad de la atención temprana.
Para ello se han identificado las siguientes líneas de actuación clave para la mejora de la atención temprana:
- Línea 1: Implementar sistemas eficaces de coordinación interadministrativa y con las familias
- Línea 2: Implementar procesos eficaces de colaboración y participación activa de las familias
- Línea 3: Planificar, dimensionar y articular fórmulas de financiación adecuadas para los equipos, centros y servicios de atención temprana en función de la población a atender, teniendo en cuenta una base territorial y comunitaria bien definida
- Línea 4: Facilitar el acceso temprano y de calidad a los servicios de atención temprana
- Línea 5: Garantizar la valoración e intervención integral
- Línea 6: Mejorar la calidad de las actuaciones y servicios de la atención temprana
- Línea 7: Ofrecer más y mejores oportunidades de formación a las y los profesionales implicados en el proceso de Atención Temprana
- Línea 8: Optimizar los sistemas de información y registro
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