Fuente: BOE número 298 de 14/12/2021
Objeto:
El Convenio tiene por objeto la colaboración entre la Administración General del Estado, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género.
Compromisos de las Partes:
El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, se compromete a derivar de forma automática cualquier llamada relativa a violencia de género realizada al servicio telefónico 016 de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género desde al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia, con el fin de asegurar la prestación del servicio público de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género, cualquiera que sea la información requerida, poniendo en conocimiento de la persona usuaria el número al que se deriva la llamada y el órgano administrativo que gestiona este número.
Las características técnicas del servicio telefónico 016 y del Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que cada parte establezca libremente en uso de sus competencias serán las comunicadas por las partes firmantes, a través de sus respectivas personas representantes, a la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente Convenio. En función de las características técnicas comunicadas, la Comisión de Seguimiento acordará los términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos.
En todo caso, si la llamada realizada al servicio telefónico 016 precisa atención de urgencia y emergencia se derivará inmediatamente al teléfono de emergencias 112 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, comprometiéndose las partes a respetar en todo caso la normativa aplicable en materia de protección de datos, conforme a lo señalado en la cláusula sexta del presente Convenio.
Por su parte, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, se compromete a derivar desde el Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia al servicio telefónico 016 cualquier llamada relativa a violencia de género cuando sea necesario para garantizar la correcta atención de la llamada recibida en función de los términos y las condiciones técnicas del procedimiento de derivación de llamadas entre ambos servicios telefónicos acordados en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del presente Convenio, en particular, cuando la llamada recibida requiera ser atendida en idiomas, en medios específicos para personas con discapacidad auditiva y/o del habla y en un horario determinado para recibir información y asesoramiento jurídico que no estén cubiertos en el Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia.
Ambas partes garantizará la difusión conjunta del Dispositivo de Atención Telefónica Urgente para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y de otras formas de Violencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y del servicio telefónico 016 en las actuaciones de sensibilización, comunicación e información que realicen de sus respectivos servicios telefónicos. El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, se compromete a incluir en sus estadísticas mensuales y anuales del servicio 016, difundidas en su página web, información desagregada de las llamadas atendidas en el servicio telefónico 016 procedentes del territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Financiación:
La realización del objeto del presente Convenio no supone ni conlleva obligaciones económicas para las partes. Cada parte interviniente asumirá con sus propios medios, materiales y personales, el coste de las actividades a realizar en cumplimiento del presente Convenio.
Listado de números de teléfono de las comunidades y ciudades autónomas con funciones de servicio de información y asesoramiento jurídico en materia de violencia de género y su horario de atención:
- Andalucía: 900 200 999 (24 horas, todos los días del año).
- Aragón: 900 504 405 (24 horas, todos los días del año).
- Canarias: 112 (24 horas, todos los días del año).
- Cantabria: 942 214 141 (24 horas).
- Castilla-La Mancha: 900 100 114 (24 horas).
- Castilla y León: 983 327 850 (8 a 22 horas, de lunes a viernes).
- Cataluña: 900 900 120 (24 horas, todos los días del año).
- Galicia: 900 400 273 (24 horas).
- Illes Balears: 971 178 989 (24 horas, todos los días del año).
- La Rioja: 900 711 010 (9-14 horas, días laborables).
- Madrid: 012 (lunes a viernes de 8:00 a 22:00 h. Sábados, domingos y festivos de 10:00 a 22:00 h).
- País Vasco: 900 840 111 (24 horas, todos los días del año).
- Principado de Asturias: 985 962 010 (24 horas).
- Región de Murcia: 112 (24 horas, todos los días del año).
- Comunidad Valenciana: 900 580 888 (24 horas, todos los días del año).
- Ceuta: 900 700 099 (24 horas).
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