Fuente: BORM número 284 de 10/12/2021
Objeto:
Regular la concesión directa de subvenciones a favor de la Universidad de Murcia, la Universidad Politécnica de Cartagena y la Fundación Universitaria San Antonio (UCAM), para la colaboración
en el desarrollo de varios proyectos incluidos en la II Estrategia de RSC en la Región de Murcia, en los que se desarrollarán diversas acciones en el ámbito de la responsabilidad social corporativa con el fin de transferir e impulsar la implantación de la misma en nuestro territorio, teniendo como destinatarios a la Administración Regional, a las empresas y a la ciudadanía en su conjunto.
Entidades beneficiarias y financiación:
La subvención a conceder comportará un gasto total de 80.000,00 euros, a distribuir de la siguiente forma:
— Universidad de Murcia: 30.000 euros.
Proyecto “Cómo pymes y autónomos pueden empezar en RSC y sostenibilidad”.
Proyecto “Portal de RSC de la Región de Murcia”.
— Universidad Politécnica de Cartagena: 25.000 euros.
Proyecto “Sostenibilidad territorial y acciones de RSC como Estrategia Regional para fomento de la economía azul”.
Proyecto “Guía de acción en Responsabilidad Social Corporativa (RSC) para Fomento de la Digitalización en las Personas Mayores”.
— Fundación Universitaria San Antonio (UCAM): 25.000 euros.
Proyecto “Hablando con ellas”.
Plazo y justificación de la subvención:
1. Las acciones subvencionadas serán las que se lleven a cabo en el periodo comprendido entre la fecha de publicación del presente Decreto y el día 31 de diciembre de 2022, realizándose su gasto en ese mismo periodo.
2. Para la justificación de la subvención las entidades beneficiarias dispondrán hasta el mes de febrero de 2023, para presentar en la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, los documentos que se indican a continuación:
a) Memoria de las actividades desarrolladas con cargo a la subvención concedida y si se tratara de estudios, un ejemplar de estos.
b) Relación de facturas o justificantes presentados, y declaración responsable del representante legal de las entidades beneficiarias.
c) Facturas con acreditación de su pago, o justificantes definitivos de pago de los gastos ocasionados, que sean directamente imputables a la actividad subvencionada.
Eficacia y publicidad:
El presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
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