Fuente: BORM número 61 de 15/03/2023
Objeto del Convenio:
El presente convenio tiene por objeto establecer la coordinación y colaboración entre ambas partes para llevar a cabo cuantas actuaciones se consideren necesarias para la incorporación de usuarios adscritos a los distintos órganos, entidades, organismos y unidades de la Comunidad Autónoma al Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén).
Será la Comisión de Seguimiento la que, mediante acuerdo, establezca cuáles serán los órganos, entidades, organismos y unidades de la Comunidad Autónoma que deban incorporarse al Sistema VioGén, siempre y cuando los mismos actúen para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.
Adecuación de los sistemas informáticos:
Los Servicios Técnicos del Ministerio de Interior y los de la Comunidad Autónoma estudiarán conjuntamente los procedimientos necesarios para adecuar sus sistemas informáticos y permitir las conexiones necesarias, ejecutándolas cada uno en su ámbito competencial.
Compromisos que asume la Secretaría de Estado de Seguridad a través de la Administración Central del Sistema VioGén:
- Habilitará en el ámbito de la Comunidad Autónoma a usuarios con perfil de Administrador/es General/es, de los distintos órganos, organismos, entidades y unidades autorizados por la Comisión de Seguimiento.
- Asesorará y orientará a los nuevos usuarios en la utilización del Sistema y conocimiento oportuno de los Manuales de usuario.
- Establecerá los controles de seguridad oportunos en los accesos al Sistema y contará con un procedimiento de auditoría para garantizar el correcto uso del Sistema y acceso a la información alojada en este por parte de los usuarios habilitados por la Comunidad Autónoma.
- Podrá dar de baja a usuarios de la Comunidad Autónoma que, habiendo sido habilitados para acceder al Sistema, no lo hayan hecho en un plazo superior a un año.
Compromisos que asume la Comunidad Autónoma:
- Nombrar usuarios como Administradores Generales de cada uno de los órganos, organismos, entidades o unidades de la Comunidad Autónoma que se incorporen al Sistema VioGén. Estos usuarios, dados de alta por la Administración Central del Sistema VioGén, deberán impulsar las habilitaciones de sus propios usuarios y gestionar las variaciones de las mismas a lo largo del tiempo. Una vez habilitados contarán con un plazo de seis meses para comenzar a acreditar al resto de usuarios del Sistema. Cualquier incidencia en la habilitación de usuarios deberá ser puesta en conocimiento de la Administración Central del Sistema VioGén.
- Facilitar a la Administración Central del Sistema VioGén una relación permanentemente actualizada de usuarios de dicha Comunidad, debidamente identificados y autorizados para conectarse al Sistema y velar porque estos utilicen correctamente tanto sus claves de acceso como la información a la que accedan a través del Sistema.
- Promocionar y estimular a los usuarios habilitados en el acceso al Sistema, tanto en modo consulta, como mediante la introducción y/o actualización de datos significativos para la protección de las víctimas en el contexto de su ámbito territorial y competencial, siguiendo las instrucciones de procedimiento recogidas en los Manuales de usuario y/o proporcionadas por la Administración Central VioGén.
Financiación del convenio:
El presente convenio no conlleva coste para ninguna de las partes que lo suscriben ni transferencia de recursos entre las mismas.
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