Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE número 106 de 04/05/2021
Objeto:
Ayudas dirigidas a facilitar la conciliación de la vida deportiva y personal a mujeres deportistas con licencia federativa en vigor por maternidad, conciliación de la vida deportiva y familiar y/o formación académica reglada.
Para ello se financiarán las situaciones descritas a continuación:
1.- Ayudas para maternidad a mujeres que tengan la consideración de deportistas de alto nivel (DAN) por nacimiento, adopción o acogimiento durante el año 2020.3.- Ayudas a mujeres deportistas DAN y/o integrantes de equipos nacionales, para formación académica reglada referida al curso académico 2020-2021, con el fin de iniciar o proseguir enseñanzas conducentes a la obtención de un título o certificado de carácter oficial con validez en todo el territorio nacional.
Dirigidas a:
Ayudas para maternidad a mujeres que tengan la consideración de deportistas de alto nivel (DAN) por nacimiento, adopción o acogimiento durante el año 2020; ayudas a mujeres deportistas DAN y/o integrantes de equipos nacionales, para conciliación de la vida deportiva y familiar con hijos/as menores de tres años con matrícula en centros de educación infantil, guarderías o a cargo de personal cuidador, en el año 2021; y ayudas a mujeres deportistas DAN y/o integrantes de equipos nacionales, para formación académica reglada referida al curso académico 2020-2021, con el fin de iniciar o proseguir enseñanzas conducentes a la obtención de un título o certificado de carácter oficial con validez en todo el territorio nacional.
Bases reguladoras:
Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes. (BOE número 301, de 15/09/2012)
Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días contados a partir del siguiente a la publicación en el B.O.E. del extracto de la Resolución de convocatoria.
Más información:
Descargar Resolución de convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 567 KB)
No hay comentarios:
Publicar un comentario