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martes, 10 de septiembre de 2019

Decreto n.º 169/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social


Fuente: BORM nº 207 de 7 de septiembre de 2019

Artículo 1
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción, protección y apoyo a la familia e infancia; protección y reforma de menores; políticas de promoción e integración de las personas inmigrantes, de personas con discapacidad, de personas mayores, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia y en general de protección de personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social, incluida la creación de centros para la atención de los destinatarios de dichas políticas; así como competencias en materia de voluntariado, de gestión de las subvenciones con cargo a la asignación tributaria del 0.7% del Impuesto de renta de las personas física (IRPF), y de parejas de hecho.
Asimismo, le corresponde el desarrollo y ejecución de las políticas de la mujer, incluidas las destinadas a combatir la violencia contra las mujeres, y de las políticas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género sin perjuicio de las que le corresponda a otros departamentos regionales y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Artículo 2
Para el desempeño de las competencias que le corresponde, la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social bajo la dirección de su titular, se estructura en los siguientes Órganos Directivos:

1. Secretaría General.
- Vicesecretaría.
2. Dirección General de Mujer y Diversidad de Género.
3. Dirección General de Familias y Protección de Menores.
- Subdirección General de Familias y Protección de Menores.
4. Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector.

Disposiciones transitorias
Primera
Hasta tanto no se apruebe el Decreto por el que se desarrolla la Estructura Orgánica de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, los órganos y unidades administrativas en la misma continuarán desempeñando las funciones que en la actualidad tienen atribuidas por los Decretos correspondientes, en cuanto no se opongan a éste.

Disposiciones derogatorias
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual e inferior rango relativas a Órganos Directivos se opongan a lo establecido en este Decreto.

Disposiciones finales
Primera
Por el Consejo de Gobierno o por la Consejería de Presidencia y Hacienda, según proceda, se dictarán cuantas disposiciones y actuaciones organizativas y presupuestarias sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Segunda
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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