Fuente: BOE número 79 de 02/04/2022
Plan de medidas urgentes de atención y protección a mujeres y colectivos vulnerables en el contexto de la crisis de Ucrania
- Campañas institucionales para prevenir la violencia contra las mujeres, la trata de seres humanos y la explotación sexual en el marco de la crisis humanitaria
- Prevención secundaria, detección precoz y proactiva de posibles casos de trata y explotación sexual de mujeres, niñas y niños
- Recursos y programas para la prevención, información, atención y protección integral contra la violencia contra las mujeres
- Medidas para el fortalecimiento y la accesibilidad de los recursos de información y promoción de la igualdad entre mujeres y hombres
- Medidas relativas a servicios públicos para el cuidado de personas menores de edad hasta los 16 años en el marco de la acogida e integración de las personas solicitantes de Protección Temporal
- Medidas relativas a atención, asistencia y protección a personas LGTBI
- Atención, información y asesoramiento presencial, telefónico y en línea para víctimas de discriminación nacional, racial o étnica y de delitos de odio racistas
Plan de Contingencia de España para la Atención Educativa Integral a los estudiantes ucranianos desplazados. Actuaciones a desarrollar:
- Coordinación de las actuaciones y de la información para la integración y acogida educativas
- Seguimiento de la información sobre los estudiantes acogidos
- Desarrollo de una relación de buenas prácticas y potenciales actuaciones en la integración y acogida escolar de los menores ucranianos
- Escolarización inmediata y atención educativa
- Agilización de procedimientos de homologación de títulos educativos y acreditación de competencias profesionales
- Financiación
Plan de Acción Universidad-Refugio
- El Ministerio de Universidades impulsará, junto con las universidades españolas, la elaboración y puesta en marcha del Plan de Acción Universidad-Refugio para acoger a estudiantes, investigadores y personal de administración y servicios comprendidos en el ámbito subjetivo de protección temporal.
- Dicho Plan se basará en las necesidades de estos colectivos universitarios y contemplará, entre otras, actuaciones de apoyo lingüístico y cultural, de orientación académica, de alojamiento en residencias universitarias y de facilitación de acceso a las actividades académicas, así como a los servicios sociales ofrecidos por las universidades. En el caso de personal investigador y de administración y servicios comprendido en el ámbito subjetivo de protección temporal señalado se procurará además su incorporación a los grupos de investigación, las unidades y los centros universitarios.
- El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y las Comunidades Autónomas participarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, en el diseño y el desarrollo del Plan de Acción Universidad-Refugio.
- El Ministerio de Universidades llevará las actuaciones necesarias para agilizar la tramitación de los procedimientos de homologación y equivalencia de los títulos académicos del colectivo señalado en el párrafo primero, así como para incorporarse a la iniciativa del Consejo de Europa European Qualifications Passport for Refugees.
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