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jueves, 1 de agosto de 2019

Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional

Fuente: BORM nº 176 de 01 de agosto de 2019


Artículo 1
La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se organiza en la Vicepresidencia y las demás Consejerías que a continuación se citan y con el orden de prelación que asimismo se indica:
  • Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social
  • Consejería de Presidencia y Hacienda
  • Consejería de Empresa, Industria y Portavocía
  • Consejería de Turismo, Juventud y Deportes
  • Consejería de Educación y Cultura
  • Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente
  • Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
  • Consejería de Fomento e Infraestructuras
  • Consejería de Salud
  • Consejería de Empleo, Investigación y Universidades
Artículo 2
A la Vicepresidencia, que ostenta además la condición de titular de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, le corresponden las funciones previstas en el artículo 32 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia y cuantas otras funciones le sean delegadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma.

Artículo 3
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción y protección de la familia; políticas de igualdad, mujer, infantil y de la tercera edad; instituciones de protección, reinserción y rehabilitación de menores respetando, en todo caso, la legislación civil, penal y penitenciaria; promoción e integración de los inmigrantes, emigrantes, personas
con discapacidad y demás grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección, promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia; voluntariado, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Queda adscrito a este Departamento el Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social.

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