En el Boletín Oficial de la Región de Murcia se publica convocatoria de subvenciones del SEF cuyo objeto es la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia desarrollada a tiempo completo, que conlleve la obligación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Podrán ser beneficiarias las personas que causen
alta inicial, o que no hubieran estado en situación de alta en los dos años
inmediatamente anteriores, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
También podrán ser beneficiarias las trabajadoras por cuenta
propia o autónomas que, habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo/a,
adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar
una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años
inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
Se considerará que el cese de actividad se
ha producido por nacimiento de hijo/a, adopción, guarda con fines de adopción,
acogimiento y tutela cuando:
- No hayan transcurrido más de 12 meses del nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y
- haya transcurrido un mínimo de 3 meses desde el cese de actividad y el alta en RETA por el que se solicita la subvención.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención será:
a) Plazo general de la convocatoria: Desde el día siguiente al de publicación del extracto de la
convocatoria en el BORM hasta el 15 de octubre de 2026, sin perjuicio del plazo
individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. Las solicitudes
de subvención presentadas fuera de este plazo se inadmitirán a trámite.
b) Plazo individualizado de las solicitudes: Será de 1 mes, contado a partir de la
fecha de alta en RETA.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/888672

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