Fuente: BORM número 23 del 30/01/2023
Primero. Delegación en la persona titular de la Secretaría General.
1. En materia de gestión económica y/o presupuestaria
2. En materia de contratación3. En materia subvencional4. En materia de personal y régimen interior5. En materia de régimen jurídico y organización administrativa6. En materia de Registro e inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Segundo. Delegación en las personas titulares de las Direcciones Generales de la Consejería.
a) La autorización, disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago en relación con los gastos a realizarb) La ordenación de la retención de los créditosc) El nombramiento y cese de Cajeros Pagadoresd) Los actos de ejecución presupuestariae) La declaración de pagos indebidosf) La celebración de contratos menores,g) La tramitación de certificaciones de obras, facturas y documentos que aprueben la realización de la prestaciónh) La realización de las actuaciones que como órgano competente en materia de contratación y gestor del gasto atribuye la normativa sobre bienes, servicios y suministros de contratación centralizada a los órganos peticionariosi) El ejercicio de cuantas facultades y actuaciones confiere al órgano concedente la normativa aplicable en materia de subvenciones y ayudas
Tercero. Delegación en la persona titular de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social.
a) La competencia para la resolución de los procedimientos de concesión de ayudas a las víctimas de terrorismob) La competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial que se tramiten por el organismo autónomoc) La competencia para la solicitud de informes a la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murciad) La propuesta de autorización de imputación de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores, correspondientes al organismo autónomo.
Cuarto. Delegación en la persona titular de la Vicesecretaría.
a) La autorización, la disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago con cargo a las consignaciones incluidas en el Capítulo I de todos los programas de gasto de la Consejeríab) La autorización, disposición o compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago con relación a los gastos a realizar con cargo al Capítulo II de los programas de la Secretaría Generalc) La celebración de contratos menoresd) La tramitación de certificaciones de obras, facturas y documentos que aprueben la realización de la prestacióne) La aprobación del plan anual de vacaciones del personal de la Consejeríaf) La propuesta para la concesión o denegación de compatibilidad relativa al personal adscrito a la Consejería.g) La remisión del correspondiente expediente administrativo
Quinto. Delegación en la persona titular de la Secretaría General Técnica del Instituto Murciano de Acción Social.
Se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica la competencia para la remisión del correspondiente expediente administrativo
Sustitución.
En los casos de ausencia, vacante o enfermedad, el ejercicio de las competencias delegadas previstas en la presente orden será ejercidas
atendiendo el régimen general de suplencias establecido en cada momento en la Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se designen suplencias temporales para el despacho ordinario de asuntos.
Antefirma.
En la antefirma de los documentos o resoluciones administrativas que se firmen por delegación se hará constar tal circunstancia expresamente, así como la referencia a la presente orden.
Eficacia.
La presente orden produce efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, dejando sin efectos la Orden de 2 de junio de 2022, de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia, por la que se delegan competencias de la titular del departamento en diversos órganos directivos de la Consejería y de su organismo público adscrito.
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