Fuente: BORM número 214 de 15/09/2022
Objeto del convenio:
Este convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre la Consejería de Educación y UNICEF Comité Español para:
a) Promover y difundir los derechos de la infancia y la ciudadanía global en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Establecer fórmulas para la participación infantil, adolescente y familiar en la educación, como derecho de la infancia y de la comunidad educativa en su conjunto.
c) Promover el Día Universal de la Infancia (20 de noviembre) y otras acciones y actividades impulsadas por UNICEF, que las partes acuerden.
d) Promover la participación de docentes de la Región de Murcia en las actividades y encuentros organizados por UNICEF, acordados por las partes.
Destinatarios y ámbito de aplicación:
Serán destinatarios de las actuaciones de este Convenio los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Compromisos de las partes:
La Consejería de Educación, a través de la Dirección General correspondiente y UNICEF Comité Español, al inicio del curso escolar propondrán de mutuo acuerdo y concretarán su colaboración para el desarrollo de las acciones conjuntas.
A) Compromisos de la Consejería de Educación:
1. Difundir entre los centros educativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las comunicaciones, contenidos, informes, proyectos o actividades en materia de derechos de la infancia acordados con UNICEF, fruto de este convenio de colaboración.2. Promover en los centros educativos la celebración del 20 de noviembre como “Día Universal de la Infancia”.3. Facilitar la colaboración entre centros educativos, instituciones y entidades sociales promoviendo el conocimiento, en los centros educativos, de la Convención sobre los Derechos del Niño.4. Impulsar la participación de los centros educativos, a través de la Dirección General correspondiente de la Consejería de Educación, en las actuaciones y planes de acción que se acuerden entre las partes.5. Impulsar que los centros educativos realicen la autoevaluación sobre derechos de infancia y ciudadanía global propuesta en la web de UNICEF Comité Español.6. Difundir a través el portal educativo educarm, dentro del Servicio correspondiente, la información relacionada con los Derechos de Infancia y la Ciudadanía Global de la web de UNICEF Comité Español. Se incluirá el enlace de la web de UNICEF Educación, en la página web del Servicio correspondiente de la Consejería de Educación.7. Promover la inclusión de los derechos de infancia y la ciudadanía global, así como los objetivos de desarrollo sostenible en el proyecto educativo de los centros.8. Promover la formación del profesorado en derechos de infancia y ciudadanía global, la asistencia a encuentros de formación e intercambio de buenas prácticas.
B) Compromisos de UNICEF Comité Español:
1. Facilitar para su difusión en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las comunicaciones, contenidos, informes, proyectos o actividades que en materia de derechos de la infancia, acordados entre las partes, que se generen desde UNICEF Comité Español.2. Facilitar gratuitamente el acceso a los materiales educativos a todos los centros educativos interesados que se registren a través de la web de UNICEF Comité Español.3. Poner a disposición de los centros educativos interesados los materiales de autoevaluación institucional sobre derechos de infancia y ciudadanía global.4. Facilitar a los centros educativos seleccionados las convocatorias de formación del profesorado que UNICEF Comité Español organiza sobre Educación en Derechos de Infancia y Ciudadanía Global.5. Informar, a través de sus propios canales de comunicación, de la firma del presente acuerdo.6. Informar a la Consejería de Educación acerca de los centros educativos participantes en los programas y diferentes iniciativas que se pongan en marcha.
Financiación:
El presente convenio no lleva aparejadas obligaciones económicas para ninguna de las partes.
Vigencia:
El presente convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser prorrogado, por acuerdo expreso de las partes y por escrito, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, conforme a lo dispuesto en la letra h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen Jurídico del Sector Público.
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