martes, 19 de julio de 2022

Orden de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia por la que se establece la convocatoria del concierto social para prestación del servicio de preparación para la vida independiente a personas jóvenes tuteladas y extuteladas en riesgo de exclusión social

Objeto y Régimen Jurídico:
Es objeto de la presente Orden la convocatoria para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia competitiva, del concierto social para el servicio de preparación para la vida independiente a personas jóvenes tuteladas y extuteladas en riesgo de exclusión social.
El procedimiento de esta convocatoria se rige por lo dispuesto en el Decreto 62/2019, de 3 de mayo, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia, en materia de protección y reforma del menor, en la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas así como por cualquier otra disposición o norma del ordenamiento jurídico que resulte de aplicación.
Duración e importe del concierto derivado de la convocatoria:
En la presente Orden se convocan un número máximo de 150 casos a atender, de manera continuada cada mes, por la entidad o entidades seleccionadas.
La duración inicial del acuerdo o acuerdos de concierto social que se deriven de esta convocatoria será de un máximo de 4 años, sin perjuicio de su posible prórroga.
De acuerdo con el importe a pagar por casos por la prestación del servicio de preparación para la vida independiente a personas jóvenes tuteladas y extuteladas en riesgo de exclusión social, el importe máximo de la presente convocatoria será de 7.177.162,50 € (IVA excluido), con cargo a la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia según la siguiente distribución por anualidades:

Presentación de solicitudes y documentación a adjuntar:
Para la presentación de la solicitud se utilizará el modelo que se adjunta como anexo II de la presente convocatoria.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
Efectos: 
La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

No hay comentarios:

Publicar un comentario