miércoles, 23 de febrero de 2022

Acuerdos del Consejo de Ministros de 22/02/2022



Trabajo y Economía Social

SUBIDA DEL SMI A 1.000 EUROS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2022 y establece las cuantías que deben regir desde el 1 de enero de 2022, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar.

El incremento permite avanzar en el objetivo de que las personas trabajadoras vean reconocido de manera efectiva su derecho a una remuneración equitativa y suficiente, en línea con lo establecido por el Comité Europeo de Derechos Sociales, que lo ha situado en el 60% del salario medio.

En este sentido y durante esta legislatura se ha subido el SMI en los años 2020, 2021 y, finalmente, ahora en 2022, para que alcance el 60% del salario medio antes de que finalice la legislatura, cumpliendo con lo establecido en la Carta Social Europea y en el acuerdo de Gobierno. La subida del SMI ha contribuido a reducir la brecha salarial entre 2019 y 2020 en cerca de cinco puntos según los datos del decil de salarios del empleo principal que recoge la Encuesta de Población Activa (EPA) que elabora el INE.

El incremento es fruto del diálogo social y cuenta con el acuerdo de las organizaciones sindicales CCOO y UGT.

El aumento del SMI contribuye a promover un crecimiento y una recuperación de la actividad económica sostenida, sostenible e inclusiva, al cumplimiento de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativos a la erradicación de la pobreza, la promoción de políticas orientadas a la creación de puestos de trabajo decentes y a la adopción de políticas salariales que permitan alcanzar una mayor igualdad, en especial entre mujeres y hombres, y una mayor cohesión social.

El SMI queda, en virtud de esta norma, fijado en 1.000 euros mensuales distribuidos en catorce pagas, lo que implica una retribución salarial de 33,33 euros al día con carácter general.

Los trabajadores y trabajadoras eventuales y temporeras cuyos servicios no superen los 120 días en la misma empresa percibirán un mínimo de 47,36 euros por jornada legal.

Las empleadas y empleados de hogar deberán percibir un mínimo de 7,82 euros brutos por cada hora efectivamente trabajada.

La subida sigue el dictamen de la Comisión para el Análisis de la Subida del SMI, formada por personas expertas, que elaboró y aprobó por unanimidad un informe la senda del crecimiento del SMI para alcanzar el 60% del salario medio antes de que concluya la legislatura.

El aumento del SMI cuenta con efectos probados y de gran inmediatez a la hora de combatir la desigualdad, la pobreza laboral, la brecha salarial de hombres y mujeres, la precariedad salarial de los colectivos más vulnerables y que cuentan con menos capacidad de negociación.

Beneficia, de forma especial, las personas con menos ingresos laborales, de manera específica a las mujeres y a las personas jóvenes, las que tienen contratos temporales o trabajan a tiempo parcial, en actividades de bajos salarios y en los territorios con menor nivel de desarrollo.

Acceder al Real Decreto  (BOE numero 46 de 23/02/2022)
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DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL DÍA PARA LA IGUALDAD SALARIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional con motivo del Día para la Igualdad Salarial que se conmemora el 22 de febrero.

De esta manera, se reafirma en su compromiso con la igualdad retributiva, ya que las diferencias de remuneración entre mujeres y hombres por trabajos de igual valor son todavía uno de los ejes vertebradores de la desigualdad económica y social presente en nuestro país.

El Gobierno de España expresa, a través de esta declaración, su convicción de luchar contra la desigualdad retributiva y de los cuidados que afecta a la práctica totalidad de las trabajadoras, comprometiéndose a seguir progresando en la adopción de las medidas de justicia que sean precisas para revertir esta situación.

Para avanzar en esta dirección, los ministerios de Igualdad y de Trabajo y Economía Social se comprometen a impulsar medidas legislativas que incentiven la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, al tiempo que se fortalecen los servicios públicos y políticas de conciliación que facilitan el ejercicio del derecho al cuidado como una prioridad de estos departamentos.

Para garantizar la eliminación de la desigualdad retributiva es necesario adoptar políticas públicas que permitan abordar la redistribución de los trabajos, los tiempos y la riqueza. De acuerdo con el documento, la asunción por parte de las mujeres de buena parte del trabajo invisible y no remunerado de cuidados sigue constituyendo un factor de penalización en las condiciones de acceso, permanencia y salida del mercado laboral.

También marca como tareas prioritarias avanzar en la trasposición de la Directiva 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores, y fortalecer el Plan Corresponsables y las distintas políticas públicas orientadas a establecer un sistema integral y público de cuidados, necesarias para garantizar una reorganización social justa de los cuidados y, por extensión, crear las condiciones de posibilidad para luchar contra la desigualdad retributiva.

Con el objeto de revertir la brecha salarial, en el año 2021 han entrado en vigor y empezado a desplegar sus efectos dos importantes reglamentos. Por un lado, el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro que tiene por objeto el desarrollo reglamentario de los planes de igualdad, así como del diagnóstico que los sustenta, incluidas las obligaciones de registro, depósito y acceso.

Y, por otro lado, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que constituye un texto pionero en materia de igualdad retributiva y coloca a España al nivel de los países más comprometidos en esta materia. Este real decreto desarrolla el contenido de diversos instrumentos de transparencia retributiva, entre los que se encuentra el registro retributivo y la auditoria retributiva.

Por otra parte, la convalidación del Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, permitirá también reducir la temporalidad y la precariedad que se da en mayor medida en los contratos que se formalizan con las mujeres, y promover, de esta manera, una mayor estabilidad en el empleo y una mayor calidad de este, también en términos de mejoras salariales.
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Derechos Sociales y Agenda 2030

Acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

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