miércoles, 17 de noviembre de 2021

Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia


Fuente: BOE número 275 de 17/11/2021

Objeto:
Concesión directa, con carácter extraordinario y por razones de interés público, social y económico, de una subvención a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, para la ejecución de un programa de emisión de bonos de conectividad digital (bonos digitales) para colectivos vulnerables. 
El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente con la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables, según se determine por cada comunidad autónoma y las ciudades de Ceuta y Melilla. 

Elementos definitorios del bono digital para colectivos vulnerables:
  • El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios cubrirá un paquete de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente, suministrado con la tecnología más adecuada en cada caso a fin de respetar el principio de neutralidad tecnológica, e irá destinado a personas físicas de unidades familiares que hayan sido identificadas como vulnerables. 
  • El bono digital se entregará al solicitante que forme parte de colectivos vulnerables por un importe anual total de 240 euros a repartir en doce mensualidades, de tal manera que se aplique una minoración mensual de 20 euros en la factura emitida por el operador-colaborador del programa previsto en el artículo siguiente. 
  • El reconocimiento del derecho a recibir el bono digital a una unidad familiar y la cuantía de dicho bono es independiente del número de miembros integrantes de la misma.
Vigencia del programa:
El programa de bonos digitales estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el día 31 de diciembre de 2023.

Distribución:




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