martes, 22 de junio de 2021

Creación del órgano colegiado denominado "Comisión Rectora de Prevención y Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en la Región de Murcia"

Resolución de 8 de junio de 2021, de la Secretaría General de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, por el que se crea dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de junio de 2021, por el crea el órgano colegiado denominado “Comisión Rectora de Prevención y Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en la Región de Murcia


Fuente: BORM número 141 de 22/06/2021


Objeto:

Se crea la Comisión de trabajo denominada: “Comisión Rectora de Prevención y Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social en la Región de Murcia”, con el objetivo de impulsar la coordinación de los departamentos de la Administración Regional competentes en materia de servicios sociales, empleo, sanidad, educación, economía y de fondos europeos, y de fomento en el desarrollo de actuaciones que repercutan en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, favoreciendo la inclusión social, teniendo en cuenta al mismo tiempo aquellas actuaciones que en este mismo ámbito se proyecten o se lleven a cabo tanto por parte de las entidades locales como por parte de la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma.

La Comisión Rectora se adscribe a la Consejería competente en materia de servicios sociales, y tendrá su sede en las dependencias del órgano directivo competente en materia de servicios sociales y relaciones con el tercer sector, que le proporcionará cobertura administrativa para la realización de su actividad.

Funciones:

1. Recopilar la información relativa a todas las actuaciones y medidas públicas que, incidiendo en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, se promuevan desde las distintas administraciones , con fines de análisis e investigación y aportando conclusiones a los órganos decisorios.

2. Evaluar propuestas estratégicas y de planificación para la prevención y lucha contra la pobreza y la exclusión social, incluyendo la definición, la planificación, las formas de implementación y la evaluación de las políticas públicas correspondientes.

3. Promover el empleo de metodologías, tecnologías y análisis científicosociales precisos para llevar a cabo las funciones de diagnóstico de la pobreza y la exclusión y facilitando la evaluación de las políticas públicas en sus distintas fases y para la todas las administraciones participantes.

4. Promover el enfoque transversal en la implementación de las medidas puestas en marcha.

5. Valorar la repercusión de los programas de actuación desarrollados por las distintas administraciones territoriales que actúen en el ámbito de la Región de Murcia con respecto a los objetivos propuestos en el II Pacto de lucha contra la pobreza y la exclusión social en la Región de Murcia.

6. Valorar la repercusión de los Programas Operativos Regionales y Plan de Reconstrucción, Recuperación y Resiliencia en la Región de Murcia en los índices de pobreza y exclusión a lo largo de la vigencia de los mismos.

7. Informar a la sociedad de los resultados de su labor a través de la redacción y difusión de documentos de análisis, propuestas y evaluación, que serán en todo caso objeto de publicación a través del Portal de Transparencia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Composición:

La Comisión Rectora estará integrada por los siguientes miembros:

a) Presidente: La persona titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales y relaciones con el tercer sector.

b) Vicepresidente: La persona titular del centro directivo que tenga atribuida la competencia en materia de servicios sociales y relaciones con el tercer sector.

c) Vocales:

En representación de la Administración Regional:

- Un representante la Consejería competente en materia de empleo, con rango de director general, o persona que le sustituya.

- Un representante de la Consejería competente en materia de educación y de cultura con rango de director general, o persona que le sustituya.

- Un representante de la Consejería competente en materia de vivienda y urbanismo, con rango de director general, o persona que le sustituya.

- Un representante de la Consejería competente en materia de sanidad con rango de director general, o persona que le sustituya.

- Un representante del organismo autónomo IMAS con rango de director general, o persona que le sustituya

- Un representante del Servicio Murciano de Salud, con rango de director general, o persona que le sustituya

- Un representante de la Consejería competente en materia de hacienda, presupuestos, fondos europeos y fomento del desarrollo económico regional, con rango de director general, o persona que le sustituya

- Un representante de la Consejería competente en materia de transparencia y participación ciudadana, con rango de director general, o persona que le sustituya

En representación de otras Administraciones Públicas se solicitará la designación de: 

- Tres representantes de las entidades locales de la Región por la Federación de Municipios de la Región de Murcia.

- Un representante de la Administración General del Estado por la Delegación de Gobierno en la Región de Murcia.

Cuatro representantes designados por la Red de Lucha contra la pobreza (EAPN Región de Murcia) que acepten la invitación de participar en la Comisión de trabajo.

d) Secretaría: un funcionario de la Dirección General competente en materia de servicios sociales y relaciones con el tercer sector, que ejercerá las funciones de secretaría de la Comisión, con voz pero sin voto, nombrado por el titular de dicho centro directivo.

En caso de ausencia, enfermedad o cualquier causa justificada, se aplicarán las normas de suplencia que se determinen con carácter previo en los acuerdos o resoluciones de designación. La comunicación de tales situaciones facultará a la Secretaría de la Comisión para citar al suplente.

Cuando los asuntos lo aconsejen, podrán ser convocados a las sesiones de la Comisión, con voz pero sin voto, cuantos expertos se considere necesario para ofrecer asesoramiento. 

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