miércoles, 31 de marzo de 2021

Campaña de la Renta 2020 del Ingreso Mínimo Vital


El ingreso mínimo vital es un recurso vivo, que se adapta y evoluciona. Por eso, todos los beneficiarios están obligados a tenerlo actualizado.

Con carácter general, los contribuyentes que hayan percibido rentas de su trabajo inferiores a los 22.000 euros brutos anuales no están obligados a presentar la Declaración de la Renta, pero en el caso de ser titulares o beneficiarios del ingreso mínimo vital, sí deben presentar la declaración.

Por eso, aunque hasta ahora no estuviese obligado a realizar la Declaración de la Renta, como beneficiario del ingreso mínimo vital, debe presentarla. Tanto usted como todas las personas que componen su unidad de convivencia.

Plazo de presentación:

Del 7 de abril al 30 de junio de 2021. 




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