miércoles, 10 de marzo de 2021

Acuerdos del Consejo de Ministros de 09/03/2021


Fuente: Referencia del Consejo de Ministros


Justicia


Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establece el nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, que deroga y sustituye el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, que aprobó el Reglamento actualmente vigente.

La nueva norma promueve la igualdad de acceso de toda persona a la justicia, mediante la modernización del sistema y mejora de la calidad del servicio de asistencia jurídica gratuita, recogido en el artículo 119 de la Constitución Española, para aquellas personas que acrediten insuficientes recursos para litigar.

Con esta reforma, se adecúa el sistema actual de asistencia jurídica gratuita al ordenamiento jurídico vigente y da respuesta a continuas demandas de la abogacía que buscan la mejora en la calidad de este servicio.

La nueva norma determina, como regla general, el pago mensual de la subvención de asistencia jurídica gratuita por parte del Ministerio de Justicia, agilizando el pago de estas actuaciones, que hasta ahora se tenían una periodicidad de pago trimestral. El cobro más inmediato por parte de abogados y procuradores repercutirá en la mejora del servicio para la ciudadanía.

Además, el Reglamento establece que la subvención de asistencia jurídica gratuita se aplicará, también, a los honorarios dejados de percibir por aquellos profesionales del turno de oficio que hayan prestado el servicio, cuando el expediente no haya obtenido el beneficio por insuficiencia de documentación. 

Acceder al Real Decreto (BOE número 59 de 10/03/2021)


Creación del Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita 

El Real Decreto también contempla la Creación del Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita, para una mayor armonización en la prestación de este servicio mediante la cooperación y creación de un punto de encuentro entre instituciones. Con ello, se armonizan, unifican y ponen en común prácticas y criterios de actuación en el ejercicio de este servicio público.

Formarán parte del Consejo Estatal los Ministerios de Justicia, de Política Territorial y Función Pública, las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de Administración de Justicia y los operadores judiciales prestatarios del servicio de asistencia jurídica gratuita (Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España).

 

Igualdad

Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Igualdad, de los créditos destinados al desarrollo del Plan Corresponsables, por importe de 190.000.000 de euros

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Corresponsables con 190 millones de euros para la conciliación de las familias en España mediante la corresponsabilidad del Estado en el cuidado de niños y niñas menores de 14 años. Se trata de una política semilla que, mediante los mecanismos habilitados con la colaboración de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, facilitará la creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados, además de dignificar y certificar la experiencia profesional del cuidado no formal.

El Plan Corresponsables será promovido por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla, a través de los órganos competentes en materia de igualdad y se enmarcarán en las siguientes tipologías de proyectos que serán ratificados en la próxima Conferencia Sectorial de Igualdad:

Bolsas de cuidado profesional para familias con hijas e hijos menores de 14 años:

Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este marco, de niñas, niños y jóvenes menores de 14 años que puedan prestarse en domicilio por un número determinado de horas semanales.
Habilitación de servicios de cuidado profesional de calidad, y con garantía de derechos laborales de los profesionales que presten sus servicios en este marco, de niñas, niños y jóvenes menores de 14 años que puedan prestarse en dependencias públicas convenientemente habilitadas al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias, tales como escuelas, centros municipales o polideportivos, entre otros.

Creación de empleo de calidad:

Fomento del empleo en las bolsas de cuidado de las personas jóvenes con perfiles profesionales correspondientes a perfiles TASOC (Técnica/o en Actividades Socioculturales), monitoras/es de ocio y tiempo libre, TAFAD (Técnicas/os superiores de Animación Sociodeportiva), educación Infantil, auxiliares de guardería y jardín de infancia.
Establecimiento de convenios con el SEPE o los organismos de empleo de carácter autonómicos al objeto de fomentar la inclusión en las bolsas de cuidado de las personas con experiencia profesional en el sector de los cuidados formales e informales, especialmente mujeres mayores de 45 años.

Estas actuaciones podrán inscribirse en los planes de fomento del empleo joven puestos en marcha por parte de las distintas administraciones públicas.

Acreditación de la experiencia de cuidado no profesional

Establecimiento de mecanismos públicos de reconocimiento de la experiencia de cuidado no profesional que habiliten el acceso a las bolsas de cuidado profesional, con especial atención a la situación de mujeres mayores de 45 años. 

Fondos finalistas

Así, las comunidades y ciudades autónomas deberán destinar los fondos asignados en cada una de ellas a las tres categorías mencionadas, no siendo posible desarrollar solo alguna o algunas de las líneas. La distribución de los fondos entre las diferentes tipologías de proyectos deberá respetar los siguientes porcentajes:

Bolsa de cuidado Mín.84%
Creación de empleo de calidad
Acreditación de experiencia informal de cuidado Mín.10%

En este sentido, la distribución de los fondos se plantea mediante una serie de variables y ponderaciones relacionadas con la puesta en marcha de actuaciones que favorezcan específicamente el establecimiento de las bolsas de cuidado profesional de calidad, como necesidad prioritaria detectada en la sociedad española en materia de cuidados y conciliación. Estas variables y sus ponderaciones son las siguientes:

Población menor de 14 años. Ponderación: 60%
Superficie. Ponderación: 13,50%
Dispersión de la población. Ponderación: 15%
Grandes urbes. Ponderación: 8%
Insularidad. Ponderación: 2%
Ciudad fronteriza. Ponderación 1,5%.

El Plan Corresponsables se engloba dentro de las competencias en materia de asistencia y servicios sociales transferidas al País Vasco y a Navarra, consideradas, por tanto, como cargas asumidas en su totalidad por estas comunidades autónomas, de acuerdo con los criterios fijados a través de la Ley del Convenio Económico y la Ley del Concierto Económico.

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