viernes, 27 de marzo de 2020

Resolución relativa a los plazos de los procedimientos relativos a los Títulos de Familia Numerosa y los efectos sobre ellos de la declaración del Estado de Alarma



Fuente: BORM nº 72 de 27/03/2020

Ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 la Dirección General de Familias y Protección de Menores resuelve:

1. Suspender los plazos de resolución y notificación en los procedimientos siguientes:
  • Procedimiento de Reconocimiento de la condición de Familia Numerosa.
  • Procedimiento de renovación del Titulo de Familia Numerosa
  • La suspensión de plazos no supone que no puedan seguirse instruyendo los expedientes activos que obren en poder de la administración, si bien, los plazos establecidos al respecto están en suspenso.
  • La duración de esta suspensión será inicialmente la prevista para el estado de alarma y sus posibles prórrogas.
2. Títulos de Familia Numerosa que pierdan su validez desde el 14 de marzo de 2020:
  • Se entenderán que siguen siendo validos durante la duración inicialmente prevista para el estado de alarma y sus posibles prórrogas.
  • De las solicitudes de renovación que dirijan las personas interesadas a la Dirección General de Familias y Protección de Menores que puedan instruirse, los plazos establecidos al respecto están en suspenso.
3.  Plazos de prescripción y caducidad:
  • Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos de los ciudadanos/as quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.
  • Esta suspensión de plazos no afectará a los procedimientos y resoluciones que tengan su origen en situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma. En estos casos los órganos responsables de su tramitación consultaran a sus servicios jurídicos la concurrencia o no de las circunstancias que justifiquen la no suspensión.

No hay comentarios:

Publicar un comentario