miércoles, 17 de julio de 2019

Resolución de 15 de julio de 2019, de la Directora Gerente del IMAS, por la que se convocan subvenciones dirigidas a instituciones sin de lucro para el desarrollo de programas de mejora de la empleabilidad dirigidos a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social para el año 2019



Fuente: Extracto de la Resolución en el BORM nº 163 de 17/07/2019


Objeto:
  • Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de mejora de la empleabilidad destinadas a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social, inscritos en el Sistema Nacional de la Garantía Juvenil, a través del desarrollo de itinerarios sociolaborales y acciones formativas.
Entidades beneficiarias:
  • Instituciones sin fin de lucro que tengan por objeto o fin social la atención a personas en situación o riesgo de exclusión social y que desarrollen los programas en la Región de Murcia.
  • Las entidades solicitantes deberán estar autorizadas por el Registro Regional de Entidades, Centros y Servicios Sociales para la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.
  • Las entidades solicitantes deberán tener implantación en la Región de Murcia, contando con estructura y capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el programa presentado, entendiéndose como tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio precedente igual o superior a la mitad del importe total de los programas solicitados.
Bases reguladoras:
  • Orden de 6 de junio de 2018, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de programas de mejora de la empleabilidad dirigidos a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social (BORM nº 132 de 11 de junio de 2018), y su modificación por Orden de 29 de abril de 2019 (BORM nº 103 de 07/05/2019).
Programas, requisitos y condiciones:
  • Programas de un territorio o ámbito de actuación:
    • Se desarrollan en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco concreto de un ámbito de atención específico de un colectivo.
  • Programas de dos territorios:
    • Se desarrollen de forma simultánea, todos los días de la semana, en dos sedes habilitadas para ello, donde se realizan las acciones del itinerario por parte de un grupo de participantes diferenciado.
  • Programas comarcales:
    • Existencia de una sede central de ejecución del programa y el desplazamiento de los profesionales encargados de su ejecución, al menos un día a la semana a cada uno de los diferentes dispositivos situados en otros municipios de la comarca.
Cuantías:
  • El importe máximo a solicitar para cada una de las tipologías de programas:
    • 102.000 € para los programas de un territorio o ámbito de actuación.
    • 120.000 € para los programas de dos territorios.
    • 125.000 € para los programas comarcales.
  • Los importes están referidos a 12 meses de programa.
  • En otro caso, se aplicará el importe proporcional.
  • Para una mayor flexibilidad en el diseño de los programas, la cuantía máxima en la medida de itinerario podrá oscilar entre el 56% y el 63% de la cuantía máxima del programa y en la medida de formación, entre el 37% y el 44%.
Participantes de los programas:
  • Los participantes de los programas deberán estar inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil y deberán contar con la acreditación de su situación social.
Número de participantes:
  • El número mínimo de participantes para los programas de una única sede será de 65 y al menos 15 en la medida de formación.
  • Cuando el programa se desarrolle en 2 sedes deberá atender al menos a 80 participantes, con un mínimo de 20 en la segunda sede.
  • Además en la medida de formación deberá atender al menos a 30 personas.
  • Cuando el programa tenga carácter comarcal deberá atender al menos a 80 participantes, 25 de ellos fuera de la sede central de realización del programa.
  • Además en la medida de formación deberá atender al menos a 30 personas.
  • El nº total de participantes en la medida de itinerario podrá reducirse en 10 para aquellos programas de nueva implantación que tengan una duración inferior a 10 meses.
Duración de las acciones formativas:
  • En la medida de formación las diferentes acciones formativas deberán conformar un paquete formativo de una duración mínima de 150 horas para jóvenes sin formación y/o experiencia previa y de 90 horas para aquellos que precisan completar una formación previa, debiendo iniciarse todas ellas con al menos 15 participantes.
  • En dichos paquetes formativos deberá incluirse formación ocupacional con una duración mínima de 60 horas y formación en TIC´s.
Otros datos:
  • El número de subvenciones a solicitar por una misma entidad no podrá exceder de 3.
  • El periodo de ejecución de los programas podrá extenderse hasta el 31 de agosto de 2020.
  • La duración de los programas presentados no podrá superar los 12 meses.
  • La entidad deberá comprometerse a mantener la coordinación necesaria con los Servicios Sociales de Atención Primaria para que, al menos, un 20% de los participantes sean beneficiarios de la Renta Básica de Inserción o de la Ayuda periódica de Inserción o Protección Social.
  • El equipo técnico encargado de la ejecución del programa deberá estar constituido, al menos, por un trabajador social, un orientador laboral y el personal formador, en su caso.
  • de personal para otros gastos del programa.
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 1 mes contado a partir del día siguiente de la fecha de la publicación del presente extracto en el BORM.
  • Código de procedimiento: 1321
Más información:
Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 900 KB)
Acceder a la Base de Datos Nacional de Subvenciones para descarga de documentos
Acceder a la convocatoria desde Legislación Básica de Política Social de la Región de Murcia



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