miércoles, 12 de junio de 2019

Orden de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2019 dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social


Objeto:
  • Fomentar, promover y facilitar la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social a través de las ayudas a la contratación en empresas de inserción.
Empresas beneficiarias:
  • Empresas que cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción. (BOE nº 299 de 14/12/2007)
  • Deberán estar inscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
  • Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia.
Bases reguladoras:
  • Orden de 2 de mayo de 2019 de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas de inserción para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social. (BORM nº 109 de 14/05/2019)
Cuantía de las ayudas:
  • Por cada persona en riesgo de exclusión contratada y/o mantenida con una duración de 12 meses a jornada completa:
    • 7.000 euros en el caso de ser hombre.
    • 8.500 en el caso de ser mujer.
  • La cuantía será proporcional a la duración y jornada en caso de ser menor de jornada completa.
  • La ayuda a conceder por cada contratación y/o mantenimiento de personal técnico en producción y acompañamiento será de 2.000 euros por puesto de trabajo de 12 meses a jornada completa, reduciéndose proporcionalmente según la duración y jornada, tanto del personal técnico de producción o acompañamiento, como del acompañado.
Otros datos:
  • La concesión de las subvenciones se realizará teniendo en cuenta el orden de entrada de las solicitudes, o en su caso, la fecha de su perfeccionamiento, previa comprobación de la concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos para su otorgamiento, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas, hasta el límite del crédito presupuestario.

Plazo de presentación de solicitudes:
  • Desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el BORM, hasta 15 de noviembre de 2019.
Más información:
Descargar Orden de la Convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 315 KB)
Acceder a la página web del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones para descarga de anexos http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/459847


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