martes, 28 de agosto de 2018

Orden SCB/896/2018, de 24 de agosto, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2018, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante del crédito acordado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, y recogido en el Acuerdo del Consejo de Ministros del 29 de junio de 2018, para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de los menores durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral, de una cuantía adicional de 5.200.000 euros al crédito de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales, para el ejercicio 2018


Fuente: BOE nº 208 de 28/08/2018

Objetivos:
  • Ampliar la oferta de recursos de ocio educativo con vocación inclusiva. Se trata de sufragar los costes de incorporar los colectivos excluidos por su incapacidad de hacer frente a matrículas y copagos. Estos recursos deben fomentar el desarrollo de nuevas competencias, el disfrute de actividades de juego y esparcimiento, las experiencias de convivencia con iguales y el apuntalamiento de valores de ciudadanía.
  • Garantizar la cobertura de una alimentación equilibrada, saludable y adecuada a las necesidades nutricionales para la población infantil en período vacacional.
  • Facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de familias económicamente vulnerables que no tienen recursos para sufragarse servicios de cuidados para sus hijos e hijas.
Proyectos que se podrán financiar:
  • Proyectos dirigidos a la cobertura de necesidades básicas como alimentación saludable, equilibrada y apropiada a su edad.
  • Proyectos de fomento de actividades de ocio, tiempo libre, culturales y educativas.
  • Proyectos que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral de familias con niños a cargo y en situación de vulnerabilidad.
Otros datos:
  • Se priorizan líneas de financiación para servicios ya existentes que se propongan ampliar su oferta para incluir niños, niñas y adolescentes vulnerables desde un punto de vista socioeconómico.
  • No se exigirá compromiso de cofinanciación de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y de Melilla o de las corporaciones locales, si bien en las fichas de presentación de los proyectos y en las memorias de evaluación de los mismos se consignará la cantidad total asignada a estos programas, desagregando la que corresponde al Ministerio y la aportada con cargo a fondos propios o de terceros.

Distribución:


















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