viernes, 7 de octubre de 2016

Decreto por el que se crea y regula el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Región de Murcia



Decreto n.º 109/2016, de 5 de octubre, por el que se crea y regula el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Región de Murcia, y se dictan normas sobre el procedimiento de calificación de empresa de inserción laboral y su inscripción en dicho registro.

Fuente: BORM nº 234 del 07/10/2016

Objeto y naturaleza:
Mediante el presente decreto se crea el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Región de Murcia (REIN), regulando su organización y funcionamiento, y dictan normas sobre el procedimiento para obtener la calificación de empresa de inserción laboral y su inscripción en dicho registro.

Ámbito de aplicación:
El ámbito de aplicación del presente decreto se extiende a las empresas de inserción que tengan centros de trabajo en el territorio de la Región de Murcia.

Empresas de inserción y entidades promotoras de empresas de inserción:
Tienen la consideración de empresas de inserción aquellas sociedades mercantiles o sociedades cooperativas legalmente constituidas y que debidamente calificadas realicen cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuyo objeto social tenga como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.
Tendrán la consideración de entidades promotoras de empresas de inserción las entidades sin ánimo de lucro, incluidas las de derecho público, las Asociaciones sin fines lucrativos y las Fundaciones, cuyo objeto social contemple la inserción social de personas especialmente desfavorecidas, que promuevan la constitución de empresas de inserción.

Funciones del REIN:
El REIN de la Región de Murcia, tendrá las siguientes funciones:
a) La Inscripción de las empresas de inserción que reúnan los requisitos establecidos en la normativa aplicable, una vez calificadas como tales por el titular de la Dirección General responsable del REIN.
b) La Inscripción de la descalificación, previo informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de aquellas empresas de inserción que no cumplan la normativa que les sea de aplicación, o así lo hayan solicitado, una vez resulto el procedimiento de descalificación por el titular de la Dirección General responsable del REIN.
c) La expedición de las oportunas certificaciones acreditativas de los datos obrantes en el Registro.
d) La conservación y custodia del Libro de Inscripciones, y los expedientes de las empresas.
Entrada en vigor:
El presente Decreto entrará en vigor el día dos de noviembre de 2016.


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