Decreto n.º 192/2023, de 22 de junio, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a entidades sociales para programas destinados a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, así como proyectos de orientación y acompañamiento de mujeres víctimas de violencia de género para el desarrollo de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
viernes, 30 de junio de 2023
Decretos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia publicados en el BORM de fecha 30/06/2023
Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 29/06/2023
El Servicio de intervención contará con cinco sedes, ubicadas en Murcia, Cartagena, Lorca, Jumilla y Caravaca de la Cruz. La duración de este concierto social es de cuatro años, con posibilidad de prórroga.
Guía de buenas prácticas Actividades socioeducativas de educación emocional, gestión positiva de conflictos, participación de niños, niñas y adolescentes y uso responsable de internet y redes sociales realizadas en el marco de las actividades socioeducativas de verano
Educo. Guía de buenas prácticas: Actividades socioeducativas de educación emocional, gestión positiva de conflictos, participación de niños, niñas y adolescentes y uso responsable de internet y redes sociales realizadas en el marco de las actividades socioeducativas de verano. Barcelona: Empiezapori, 2023. 64 p.
Recopilación de buenas prácticas de entidades participantes en los programas de Educo. Las buenas prácticas se han organizado en el área de educación emocional, gestión positiva de los conflictos y buen trato, participación de niños, niñas y adolescentes y uso responsable de internet y redes sociales de entidades.
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jueves, 29 de junio de 2023
Prevenir y combatir los diferentes tipos de violencia contra la infancia y la adoelscencia LGTBI+: guía para profesionales
Prevenir y combatir los diferentes tipos de violencia contra la infancia y la adolescencia LGTBI+: guía para profesionales. Proyecto Diversity and Childhood (DaC), 2021. 72 p.
Este manual ha sido elaborado en el marco del proyecto Diversity and Childhood (DaC). Dicho proyecto trata de sensibilizar y reducir los prejuicios, así como de mejorar los mecanismos de protección contra la violencia hacia la infancia y la adolescencia LGTBI+. El proyecto DaC también tiene como objetivo proporcionar instrumentos eficaces a las profesionales, fortalecer el bienestar y los derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia, así como aportar un conocimiento más profundo de las múltiples dimensiones de la violencia que padecen, incrementando su empoderamiento.
El contenido se ha estructurado en capítulos que contiene un glosario de términos relacionados con la diversidad sexual y de género, así como con las violencias hacia la infancia y la adolescencia LGTBI+. El siguiente capítulo define las formas y los tipos de violencia a las que a menudo se enfrenta la infancia y adolescencia LGTBI+ en nuestras sociedades. Continúa con algunas sugerencias para contribuir a crear un espacio inclusivo para la infancia y adolescencia LGTBI+. Finaliza con ejemplos y acciones para apoyar la infancia y adolescencia LGTBI+.
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miércoles, 28 de junio de 2023
Proyecto de formación e inserción sociolaboral. Competencias Clave nivel II
- Competencias en lengua castellana y matemáticas
- Alfabetización e informática
- Habilidades sociales
- Técnica en búsqueda de empleo eficaz
Acuerdos del Consejo de Ministros de 27/06/2023
- 5 días (frente a los 2 de la regulación vigente) por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Podrán beneficiarse de este permiso las personas que convivan con el trabajador o trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio y también las parejas de hecho en el ámbito del permiso, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
- 4 días retribuidos para el nuevo derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. En el caso de permiso por fallecimiento del cónyuge (2 días), se tienen en cuenta las parejas de hecho.
- Reducción de jornada: este derecho llega a quienes precisen encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, siempre que no existieran familiares por consanguineidad directa hasta el segundo grado.
- Se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.
- 15 días naturales en caso de registro de pareja de hecho.
- La ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023 de las medidas de protección que se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.
En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación. En estos casos, siempre se tendrán en cuenta los casos que ya se regularon en los que la suspensión nunca podrá dictarse y son:
- Cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario.
- Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
- Cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas.
- Cuando existan indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas.
- Cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante.
- Que la entrada en el inmueble se haya producido con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020.
- En caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los tres meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los propietarios del inmueble tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.
- Se extiende de nuevo el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria del desahucio o lanzamiento, podrán presentar la solicitud de compensación prevista en la disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
"El Gobierno de España renueva su compromiso con los principios de libertad, de dignidad y de libre desarrollo de la personalidad de toda la ciudadanía, incluidas, como no puede ser menos, las personas LGTBI. Porque, como dijo el entonces Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, cuando se aprobó la modificación del Código Civil que reconoció el derecho al matrimonio para toda la ciudadanía, una sociedad es más decente cuando no humilla a ninguno de sus miembros.Este compromiso no lo es solo con el derecho a amar y con el derecho de cada persona a definirse como es, sino con la necesidad de dar todos los pasos necesarios para que esos derechos no figuren solo en las leyes, sino que sean efectivos en cada día, en cada minuto de la vida de todas las personas. Y esos derechos reales y efectivos implican la erradicación definitiva de cualquier discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género o características sexuales.
Las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans, no binarias e intersexuales reciben hoy el apoyo del Gobierno de España, que comparte su orgullo por una diversidad que nos enriquece, que nos da fuerza y nos define.Defendemos formalmente que el Orgullo LGTBI es el orgullo de toda España y al mismo tiempo manifestamos nuestro orgullo por ser una sociedad inclusiva, respetuosa y que valora las diferencias como una riqueza que no debe implicar, nunca más, una desigualdad de trato.Mucho han avanzado numerosos países desde que un puñado de personas LGTBI decidieron decir basta a la opresión, el acoso y la vida en los armarios. A la cabeza de esos avances se sitúa nuestro país, que en unas pocas décadas ha recorrido un largo camino de igualdad y derechos. Pero ese orgullo de país no nos debe hacer olvidar que sigue quedando camino por recorrer, que las personas LGTBI siguen sufriendo intolerables niveles de violencia (física, psíquica, sexual,…), de delitos de odio, de acoso en los centros educativos, de discriminación en el acceso al empleo y en los puestos de trabajo, de invisibilidad y de falta de referentes en muchos espacios.Por eso, la conmemoración de la revuelta de Stonewall nos sirve para celebrar la diversidad sexual, de género y familiar y también nos sirve para recordar que debemos vivir en una revuelta permanente contra la discriminación y la injusticia, contra la intolerancia y contra los privilegios de quienes quieren construir un mundo que excluye a quienes no encajen en su visión del mismo.El Gobierno sigue comprometido con el desarrollo de estas políticas públicas que nos hacen una sociedad mejor, más justa y equitativa. En esta legislatura se ha aprobado la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, o la Orden SND/1215/2021, de 5 de noviembre, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, que iguala a todas las mujeres y personas trans con capacidad de gestar en el acceso a las técnicas de reproducción asistida. Todos ellos instrumentos normativos que protegen los derechos de las personas LGTBI, y a los que cabe añadir el ambicioso II Plan de Acción de lucha contra los delitos de odio 2022-2024.Además, ahora España cuenta con dos nuevas normas que establecen un sólido marco de igualdad y de mandatos tanto a las administraciones públicas como a la sociedad civil para acabar con cualquier tipo de discriminación, sea esta legal o de hecho.Por un lado, la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, que establece un mínimo común normativo que contiene las definiciones fundamentales del derecho antidiscriminatorio español y, al mismo tiempo, alberga sus garantías básicas.Por otro, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que ha marcado un nuevo hito para desarrollar y garantizar sus derechos, erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad.Por último, cabe recordar que la no discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género es una de las prioridades de la política exterior española en materia de derechos humanos. En los últimos años, España ha impulsado numerosas acciones en defensa de los derechos de las personas LGTBI en diferentes foros multilaterales, como, por ejemplo, el Consejo de Derechos Humanos, la III Comisión de la Asamblea General de Naciones Unidas, el LGBT Core Group de Naciones Unidas, la Coalición por la Igualdad de Derechos, el Grupo de Alto Nivel de la Comisión Europea sobre Igualdad, No Discriminación y Diversidad, o la Red Europea de Puntos Focales LGTBI en el marco del Consejo de Europa. Además, la cuestión de los derechos humanos de las personas LGTBI se suscita habitualmente en los diálogos bilaterales con terceros países. Porque no es posible cejar en el empeño hasta que todas las personas LGTBI de cualquier país del mundo puedan gozar de plenos niveles de libertad y de igualdad.Este 28 de junio, pues, el Gobierno de España, en cumplimiento de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, que mandata a los poderes públicos a fomentar el reconocimiento institucional y la participación en los actos conmemorativos de la lucha por la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, se reafirma en la celebración del Orgullo LGTBI como una herramienta imprescindible de toda la sociedad para alcanzar la igualdad real y efectiva e invita a toda la ciudadanía a los actos que en cada rincón de España se van a organizar con motivo de esta celebración de la libertad y la diversidad que no excluye a nadie."